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Expresidente Miguel Ángel Rodríguez irá a juicio en mayo por caso “Reaseguros”

by David Perez

“Para el Tribunal Penal de San José no importa la violación de derechos porque siempre el Estado va a pagar”, lamentó el abogado defensor del expresidente, Cristian Arguedas.

El Tribunal Penal de Hacienda emitió un comunicado de prensa, este lunes, en el cual se informa sobre el inicio del juicio oral y público en el caso “Reaseguros”, que data del año 2001 e involucra al expresidente de la República, Miguel Ángel Rodríguez y a otros seis imputados.

La convocatoria fue enviada a todas las partes y el debate daría inicio el 6 de mayo y se extenderá hasta el 27 de setiembre del 2024.

“Mediante voto de mayoría se determinó que lo procedente es que los hechos se conozcan en un debate hasta llegar al dictado de una sentencia”, señala la comunicación del Poder Judicial.

Lo particular es que en una resolución de noviembre del 2022, con voto de mayoría, se declaró con lugar una actividad procesal defectuosa y se indicó que los efectos se determinarían una vez que adquiriera firmeza. Eso sí, desde el Poder Judicial se indicó que esto “no quiere decir que el proceso esté defectuoso o se interprete que está mal”.

Consultado por Noticias Columbia, el abogado penal, Julio Córdoba, explicó que en el derecho es necesario que las cosas se realicen con orden y en respeto de las personas imputadas.

“Según lo que se desprende de la comunicación, se presentó por parte de la defensa una actividad procesal defectuosa. Esto ocurre cuando, a criterio de la defensa, no se respetó algún procedimiento. A veces, ese procedimiento irrespetado tiene que ofrecer siempre un remedio procesal que, en algunos casos, es repetir el acto o en otros casos es desechar la prueba. En el caso que nos ocupa, el comunicado que envía el Poder Judicial no lo indica, entonces no puedo opinar al respecto de eso. Sin embargo, lo más importante acá es la resolución del tribunal. El tribunal está resolviendo que va a continuar con el proceso. ¿Qué significa esto? Se ha señalado fecha para el debate”, señaló el experto.

Córdoba detalló que en el proceso penal costarricense hay tres etapas: la investigación, la audiencia preliminar y el debate oral y público, precisamente el que se convocó para mayo del próximo año.

Además, lamentó la lentitud del Poder Judicial en el caso en cuestión y aseguró que no es cierto que haya habido impunidad.

“En la etapa de debate oral y público, el pueblo puede fiscalizar al Poder Judicial yendo a observar el juicio. Es un derecho que tiene la población. Al mismo tiempo, la persona imputada tiene la máxima posibilidad de sostener su principio de inocencia y es el momento en el que el Ministerio Público le ataca con mayor fuerza para tratar de derribar ese principio de inocencia y que sea declarado culpable. En este caso, es muy doloroso lo que ha ocurrido en el Poder Judicial porque un grupo de costarricenses están siendo señalados por haber cometido supuestos ilícitos desde hace más de dos décadas. Esto realmente es inaceptable, es inhumano y al mismo tiempo genera una pena de banquillo. Aquí hay personas que han sufrido de una forma inadecuada por culpa de una lentitud judicial que no es responsabilidad de ellos. Lo importante aquí es mencionar que se ha hablado que el caso ha generado impunidad. Eso es incorrecto, aquí no hay impunidad. El juicio no se ha llevado a cabo”, aseguró Córdoba.

Respuesta de Miguel Ángel Rodríguez.

Por su parte, el abogado del expresidente, Cristian Arguedas, ante una consulta de Noticias Columbia, cuestionó la decisión del Tribunal Penal de Hacienda de convocar a juicio, luego de resoluciones del propio tribunal y de la Sala Constitucional.

“Existe una sentencia de la Sala Constitucional que condenó al Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José por las violaciones a los derechos constitucionales de mi representado. El mismo Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José declaró, en una resolución del año pasado que se hizo público y todos ustedes conocen, que la totalidad del proceso es espuria”, manifestó Arguedas.

El defensor agregó que no descartan tomar medidas judiciales para que se cumpla con lo que ha dictado en el pasado el propio tribunal.

“Ese mismo tribunal se saca de la manga, saca el conejo del sombrero y dice que como la Sala Constitucional condenó al Estado costarricense a pagarle daños y perjuicios, entonces, mi representado puede, y lo digo entre comillas, ‘seguir vendiendo sus derechos constitucionales, porque el Estado le va a pagar’. Es decir, para el Tribunal Penal de San José no importa la violación de derechos porque siempre el Estado va a pagar. Nótese usted la barbaridad. Nosotros presentamos un recurso de revocatoria y no descartamos otras acciones judiciales tendientes a que, ciertamente, ya se cumpla el precedente tanto de la Sala Constitucional como del mismo Tribunal Penal de San José”, dijo el defensor.

Según el abogado penal, Dennis Solano, por mandato constitucional se debe cumplir con una justicia pronta para los imputados en presuntos delitos. Además, detalló las razones por las cuales podría haberse convocado el debate oral y público.

“Una de las posibles aristas que haya dado pie a que el Tribunal de Hacienda traiga a colación, de nuevo, un juicio oral y público, es que se determine que las eventuales prescripciones que se hayan dado sea un tema de fondo y no de forma. A criterio mío, sí requiere un análisis de forma, ya que esto no puede ser tomado como con normalidad que un proceso penal tenga una etapa de investigación, una etapa preliminar y una audiencia en juicio que tarde 21 años. La persona investigada o la persona que está acusada debidamente por los delitos, tiene que tener la garantía de que va a requerir el tratamiento adecuado de la justicia. Además, en un tiempo específico. Esto así lo señala la misma Constitución Política”, mencionó Solano.

El caso.

Los hechos se remontan a hace 22 años, cuando, presuntamente, los imputados habrían recibido pagos indebidos por 2,1 millones de dólares por parte de la empresa de reaseguros británica PWS, así como supuestas comisiones de las corredoras de seguros Carpenter y Willis.

Por este caso, se abrió una investigación por el presunto delito de peculado. El abogado penal Dennis Solano, explicó en qué consiste este ilícito.

“El peculado es un delito contemplado en el artículo 361, que se da a aquellos funcionarios públicos que ostentan o tienen bajo su cargo bienes públicos. Cuando se da una distracción o se dispongan de forma ilegítima dichos bienes, cae en una responsabilidad penal que se contempla de tres a doce años y puede ser sancionado a partir de los insumos de prueba que se acrediten en una etapa de juicio”, detalló el especialista.

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