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Constitucionalistas dan visto bueno a proyecto de extraditar nacionales

by David Perez

Los abogados constitucionalistas, Fabián Volio y Carlos Arguedas, presentaron sus ideas sobre esta iniciativa ante la comisión legislativa que busca esta reforma.

Expertos en derecho constitucional atendieron este jueves las consultas de los diputados que conforman la comisión que busca permitir la extradición de nacionales.

Este proyecto de ley, que se tramita bajo el expediente 23.701, pretende que quienes comentan delitos de terrorismo y tráfico internacional de drogas puedan ser juzgados y procesados en el exterior.

Para el abogado constitucional, Fabián Volio, no existe limitación a la posibilidad de reformar parcialmente la Constitución Política, elemento que ha sido discutido por otros especialistas.

Según Volio, una discusión de la Asamblea Constituyente de 1949 determinó que estas modificaciones constitucionales son políticas, es decir, no son jurídicas y, por lo tanto, pueden realizarse.

“Si usamos un método histórico cuando analizamos el artículo 32 y la posibilidad modificarlo, llegaríamos a la conclusión que los constituyentes no consideraron que la Constitución contenía una limitación acerca del tipo de reformas parciales que se puedan aprobar por esta Asamblea Legislativa”, señaló el constitucionalista.

Además, Volio argumentó que esta modificación al artículo 32 de la Constitución Política podría disuadir a las personas que cometen este tipo de delitos.

“Todas las conductas sancionatorias y todas las restricciones de este tipo causan un efecto disuasor. Eso está probado por los datos empíricos. Aunque hay una doctrina en el Derecho Penal que se llama el abolicionismo penal, que pretende suprimir las penas, sobre todo por conductas contra las personas, la realidad ha hecho fracasar esa doctrina porque, por ejemplo, la Ley de Tránsito produjo una modificación en la conducta de las personas por las severas sanciones y sanciones de cárcel, para dar un ejemplo. Entonces, sí hay un efecto disuasor de este tipo de normas”, agregó Volio.

Por su parte, el también constitucionalista, Carlos Arguedas, recomendó a los legisladores que se especifique el cumplimiento de las garantías de las personas a extraditar, de manera clara, dentro de la reforma.

“Yo, probablemente, recomendaría respetuosamente a la comisión que propusiera al Plenario una modificación del artículo que estableciera una expresa referencia que, ahora según lo que leí del texto no lo hace, a que la extradición se realizará en conformidad con respeto a las garantías de los derechos fundamentales que tiene asegurados el extraditable en el país que concede los tratados y que concede la legislación o dice la norma y, además, con garantía del debido proceso legal”, mencionó el experto.

Finalmente, Arguedas también sugirió a los diputados tener prudencia en caso de considerar incluir otros delitos en esta reforma, además del tráfico internacional de drogas y el terrorismo.

“Si yo incluyo solamente, por ejemplo, el narcotráfico, entendería que la reforma es un instrumento para luchar contra el narcotráfico específicamente. Pero, naturalmente, si yo expando a otras hipótesis o a otros supuestos que tengan características equivalentes, como por ejemplo a las transnacionales de la delincuencia, etcétera, bueno, yo podría pensar que entonces el proyecto no es estrictamente un instrumento de lucha contra determinada modalidad de delincuencia, sino que tiene una función una funcionalidad penal mucho más amplia. Eso es posible. Si aplico la calculabilidad, ¿Qué va a decir la Sala? Yo tengo que ser prudente porque lo que abunda puede dañar el juicio de constitucionalidad”, recomendó Arguedas.

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