El presidente de la República, Rodrigo Chaves, advirtió de un apagón en la señal de radio y televisión en setiembre, en caso de que no haya aumentado canon para medios de comunicación.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ordenó al Ministerio de Innovación, Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) no cambiar el modelo ni la asignación de frecuencias de radiodifusión hasta después de las elecciones del 2026.
Ante una consulta de la Cámara Nacional de Radiodifusión, desde el máximo órgano electoral recordaron que, en setiembre de 2017, habían realizado una advertencia similar al MICITT, bajo la administración de Luis Guillermo Solís, ante la transición a la televisión digital.
El vocero del TSE, Gustavo Román, señaló que esta decisión responde a la protección de la información para los electores.
«Con esta decisión, el Tribunal Supremo de Elecciones protege el acceso a la información político-electoral de la ciudadanía, cuyo derecho al sufragio implica contar con un amplio abanico de opciones informativas respecto a la oferta político-partidaria por la que pueden ir a votar las y los costarricenses. Además, precisa el TSE en su resolución que esta decisión no versa sobre la corrección jurídica, la conveniencia o la oportunidad de cómo en adelante se van a adjudicar las frecuencias de radiodifusión, solamente respecto de los impactos que esto podría generar durante el proceso electoral y por eso la orden es la no implementación de de estas variaciones o cambios, al menos hasta que concluya el proceso electoral», detalló Román.
Esta resolución llega luego de que el presidente de la República, Rodrigo Chaves, advirtiera que no ampliaría el plazo para que entre en vigencia un nuevo proyecto de ley que regule los pagos para las frecuencia de radiodifusión.
Durante la conferencia de prensa semanal en Casa Presidencial, tanto el mandatario como la jerarca del MICITT, Paula Bogantes, lamentaron que la Asamblea Legislativa no avance en su propuesta con el nuevo canon que pretenden desde el Poder Ejecutivo.
«(Bogantes): En septiembre vence el decreto que le daba una extensión de plazo a todos los concesionarios, todas las empresas que están aprovechándose de las frecuencias. El proyecto de ley, para entonces, lo ideal es que quede aprobado, que muestre un avance, el nuestro, si no dependerá de nosotros si derogamos más el plazo o no. (Chaves): ¿Cómo que dependerá de nosotros? No. Nosotros ya lo hemos dicho. Si se apagan las señales de las antenas de televisión y en radio sería porque la Comisión de Ingreso y Gasto no le ha dado la gana moverse para no afectar el señor del ‘trencito’. No, ministra, usted siempre es más clara que eso, perdóneme que se le diga, no va a depender de nosotros. No las vamos a extender, tienen hasta septiembre para enseñarle al pueblo de Costa Rica a dónde están sus corazones, sus billeteras y sus intereses políticos. Así de fácil y si se apagan, ya nosotros las hemos extendido para darles tiempo», manifestaron desde el Gobierno.
¿Puede entonces el TSE dictar un pronunciamiento vinculante sobre una acción que pretenda ejercer el MICITT?
Este viernes, el ministerio convocó a una conferencia de prensa para referirse a esta situación; sin embargo, fue cancelada sin previo aviso y reprogramada para el próximo miércoles.
Con este panorama, en Noticias Columbia consultamos al abogado constitucionalista, Marvin Carvajal, sobre las potestades del Tribunal en esta materia.
Según el experto, si bien hay controversia por una presunta extralimitación del TSE, lo cierto es que este órgano tiene amplias potestades, sobre todo durante un proceso electoral.
«La propia Constitución Política, en el artículo 100.3, le otorga al Tribunal Supremo de Elecciones competencia para interpretar en forma exclusiva y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referentes a la materia electoral. Es decir, que el tribunal es competente, efectivamente, para interpretar incluso las normas constitucionales en cuanto a sus alcances en materia de sus competencias relacionadas con la regulación del proceso electoral. Asimismo, es importante mencionar que el artículo 19 del Código Electoral, en su inciso g, determina que el TSE tiene, dentro de sus competencias, regular y fiscalizar el uso razonable y equitativo de los medios de comunicación colectiva que empleen los partidos políticos para su propaganda electoral durante el periodo autorizado por este código, sin perjuicio de la libertad de información y expresión que garantiza la institución política.
El tribunal no solamente puede, sino que además está obligado a hacer uso de sus facultades, facultades de policía, con los que ostenta durante el proceso electoral para garantizar que se pueda hacer un uso equitativo y justo de los medios de comunicación. Si se permitiera que el Gobierno de la República, que va a tener o va a ser afín a alguno de los partidos en la disputa electoral, tuviera injerencia en el funcionamiento de los medios de comunicación, se podría poner en riesgo un principio tan importante como el de igualdad de acceso de todas las agrupaciones a los medios de comunicación e indirectamente al derecho de información que en materia electoral tiene una importancia capital. Por todas estas razones, considero que el TSE actuó dentro de sus atribuciones», explicó Carvajal.
Finalmente, la diputada oficialista, Pilar Cisneros, urgió a la Asamblea Legislativa a aprobar el proyecto del Ejecutivo que imponga mayores pagos a los medios que utilizan frecuencias radiofónicas.
«Me parece otro intento más de patear la bola para seguir favoreciendo a las empresas que han lucrado inmisericordemente con las frecuencias que le pertenecen al pueblo. Yo creo que ya llegó la hora de parar el abuso, de cobrar lo justo y de que el pueblo se beneficie por el alquiler de un bien que le pertenece. Ojalá que los diputados entonces se apuren y hagan las reformas que tienen que hacerle a la ley para que esta gente empiece pagar lo justo y no la miseria que han pagado durante los últimos no cinco, 10 ni 20, durante los últimos 70 años», señaló la legisladora.