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Crimen de la doctora Cedeño regresa a Tribunales para ver apelaciones

by Alejandro Arley

Representantes de la familia y Fiscalía objetaron absolutoria de dos de los acusados.

Este martes, en los Tribunales de San José, comenzó la audiencia para exponer los recursos de apelación que presentaron varias de las partes involucradas.

La anestesióloga, María Luisa Cedeño Quesada, de 43 años, fue agredida sexualmente y asesinada en julio del 2020 en una de las habitaciones del antiguo hotel Mansión Inn, en Quepos de Puntarenas.

En abril pasado, un Tribunal de Juicio condenó a 50 años de cárcel a un hombre de apellido Herrera por los delitos de violación y homicidio.

Los jueces absolvieron, por dudas, a Harry Bodaan, exdueño del hotel y a un hombre de apellidos Miranda Izquierdo, un administrador de empresas amigo del propietario y quien estaba hospedado en el sitio.

En contra de Herrera se hallaron evidencias de ADN y sangre que lo vinculaban con el crimen de manera directa.

En el caso de Bodaan y Miranda, la Fiscalía y los querellantes hicieron referencia al vínculo que había entre ellos, su comportamiento la noche de los hechos y además se apoyaron en un dictamen odontológico que analizó marcas en el cuerpo de la víctima.

El informe forense no excluyó a ninguno de los dos como “posibles mordedores” de la víctima, sin embargo, tampoco los señalaba de manera directa.

María Luisa Cedeño, asesinada en julio del 2020, en Quepos.

Apelaciones

La Fiscalía y los abogados de la familia de la doctora decidieron apelar la decisión pues consideran que las dos personas absueltas participaron del asesinato.

La posición es que se debía hacer un mejor análisis de todas las circunstancias, evidencias y testimonios para comprender que sí había elementos que justificaran una condenatoria contra Bodaan y Miranda.

Por su parte, la abogada Margot Arguedas, defensora de Herrera apeló la condenatoria contra su representado. De igual forma, la representación legal de las sociedades vinculadas con el hotel, recurrió la sentencia en la parte civil.

Los defensores de Miranda y Bodaan participan del proceso y esperan que se mantengan las absolutorias.

Argumentos

Las partes expusieron este martes sus posiciones ante el Tribunal de Apelación, conformado por las juezas Hannia Soto Arroyo, Maureen Sancho González y el juez Raúl Madrigal Lizano.

Juan Marco Rivero, uno de los representantes de la familia de la doctora Cedeño, dijo a los jueces del   

El abogado dijo que los dictámenes odontológicos tienen validez pues, si bien no señalan directamente a los imputados, permitieron descartar a otras personas.

Además, señaló que los hechos ocurrieron en época de pandemia, cuando en el hotel había muy pocas personas y se demostró que nadie más entró. Es así como se justifican las sospechas entre quienes no fueron excluidos como posibles atacantes.

“El problema entonces que se presenta en este caso es el siguiente: Imaginémonos una casa en la que hay cuatro personas. Nadie entra, nadie sale. Al día siguiente una de las cuatro personas aparece muerta y con huellas de mordidas de las personas que estaban con ella. 

”El caso va a juicio y el tribunal dice: ‘tenemos duda de quién pudo haber ultimado a la persona en cuestión’.  Es exactamente el mismo punto; o sea solo ellos nada más eran las personas que estaban y solo dos están identificados como mordedores de la doctora Cedeño”, expresó.    

José Miguel Villalobos, defensor de Harry Bodaan, dijo que el Tribunal de juicio analizó la evidencia odontológica y consideró que no se podía condenar con base en ella.   

El abogado de Miranda, Erick Gatgens, alegó en el juicio que se vulneraron los derechos de su cliente pues se cometió una irregularidad en la toma de esa prueba y nunca se le previno de que podía abstenerse y contar con la presencia de un defensor.

Esa tesis fue acogida por los jueces en la sentencia de abril pasado, sin embargo, Rivero expuso a los juzgadores de apelación que la normativa sí contempla que se hagan exámenes corporales sin consentimiento de una persona investigada.

José Miguel Villalobos, defensor de Bodaan, comentó que la prueba odontológica no podía servir para una condenatoria.

“(…) Y el propio peritaje fue declarado ilegal porque no se le advirtió a Miranda su derecho de no participar, sino que además lo analizó profundamente el Tribunal y dijo que tiene cantidades de fallos posibles en el mundo…una prueba de mordida. Y si puede fallar para imputar a alguien, imagínese cómo puede fallar cuando ni siquiera imputa, cuando lo que dice es que ‘no se puede excluir’. Por tanto, el Tribunal consideró que no tenía valor”, dijo.

Los abogados José Miguel Villalobos (en primer plano) y Erick Gatgens (de lentes) durante la audiencia.

Villalobos añadió que el la sentencia, los jueces manifestaron que no se podía descartar la posibilidad de que alguien más tuviera acceso al hotel.

“Entonces, si no se puede excluir que alguien haya entrado, entonces lo del universo reducido carece totalmente de sentido”, añadió.

El abogado, Erick Gatgens, defensor de Miranda también objetó que se pretenda acudir nuevamente al dictamen odontológico para tratar de vincular a su cliente con el caso.

“Se trata de un discurso reiterado. Es lo mismo que ya ellos habían afirmado al momento las conclusiones, que el Tribunal en ningún momento validó. Esta tesis del universo estadísticamente cerrado quedó completamente descartada. Más bien, la prueba que ellos mismos ofrecieron demostró que (el hotel) era un lugar fácilmente accesible, que había posibilidad de que otras personas hubieran estado ahí por lo tanto me parece que seguir insistiendo en ese tema queda completamente fuera de lugar a estas alturas”, aseveró.

Noticias Columbia le consultó a Gatgens por la posición del abogado de la familia de la doctora, quien señaló que la ley faculta hacer pruebas corporales sin consentimiento de las personas investigadas.

“Ese es uno de los temas fundamentales que va a ser objeto de análisis por parte del tribunal de apelación porque nosotros estimamos que le aprueba odontológica supone una actividad por parte del imputado y, desde esa perspectiva, al requerir una actividad, se necesita el consentimiento y se necesita que se le advierta que tiene derecho a abstenerse participar”.

“Creo que es uno de los temas fundamentales que el Tribunal (de apelación) va a tener que entrar a valorar y como parte de los motivos del recurso que se están estudiando”, finalizó. 

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