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El ‘paso a paso’ del proceso de reforma parcial de la Constitución Política

by Jenny Sanchez

Esta semana los diputados aprobaron la admisibilidad del proyecto para permitir la extradición de nacionales.

¿Cuál es el proceso que debe superar un proyecto de reforma constitucional, como el de extradición?

Esta semana, los diputados aprobaron la admisibilidad del proyecto de reforma al artículo 32 de la Constitución Política para permitir la extradición de nacionales (23.701).

La extradición es un instituto del Derecho Internacional que permite el traslado de una persona de un determinado país a otro para que sea procesada por la comisión de un delito. En Costa Rica se permite para extranjeros, pero no para trasladar a costarricenses a otros países.

Por ello, el proyecto ha sido parte de los planes del Gobierno para combatir la inseguridad actual, y ha generado voces a favor y en contra, tanto por el contenido como por su trámite.

Al ser un proyecto de reforma constitucional requiere un procedimiento especial, según explicó el abogado constitucionalista Marvin Carvajal.

“Como se trata de una reforma constitucional tiene que haber sido presentada por al menos 10 diputados, tiene que haber sido presentado en el período de sesiones ordinarias de la Asamblea Legislativa, podría haberlo sido también por iniciativa popular pero me parece que no es el caso, tiene que ser sometido a tres sesiones de lectura con 6 días de separación en la Asamblea para que sea discutido, y que luego la Asamblea decida si va a querer entrar a conocer del fondo del asunto”, dijo.

En ese punto se encuentra el proyecto de reforma actualmente. Los diputados aprobaron la admisibilidad de la iniciativa esta semana.

Esto permitirá la continuidad de su trámite en la corriente legislativa, según amplió el abogado.

“Ahora lo que procede es nombrar una comisión para que lo revise, lo analice y lo dictamine, lo mejore si es el caso, el dictamen de esa comisión pasaría al Plenario Legislativo para que el Plenario Legislativo lo votara en primer y segundo debate, si eso sucede entonces el mes de mayo del año entrante el Presidente de la República, en su discurso presidencial, lo debería devolver a la Asamblea diciendo cuál es su opinión acerca del proyecto, iría al Plenario nuevamente para que lo apruebe en tres debates, siempre por mayoría calificada de dos terceras partes del total de los diputados, es decir, 38 votos, y si fuera aprobado en esos tres debates se convierte en una nueva norma constitucional, que el Poder Ejecutivo únicamente tendría que publicar en La Gaceta”, explicó.

Para el abogado, una vez que se entre a la discusión por el fondo del proyecto, podría hablarse del impacto mayor o menor a ciertos derechos fundamentales.

Carvajal externó su criterio respecto a la posible limitación de derechos.
“Mi opinión particular es que no, esta es una regulación de los derechos, estaría acortando el alcance de un derecho pero con un objetivo claro, que es la persecución de hechos criminales, y también que al hacerlo no necesitaría ningún otro procedimiento distinto del previsto en el artículo 195 de la Constitución, que es el que la Asamblea Legislativa está empleando en este momento; me parece, por lo tanto, que el proyecto podría no prosperar por otras razones: de conveniencia y oportunidad, o porque se considere que hay otras medidas más oportunas o más urgentes, pero no necesariamente por un tema de constitucionalidad”, concluyó.

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