Varios expertos se pronunciaron a favor y en contra del retiro anticipado del ROP en un foro realizado este martes en la Asamblea Legislativa.
La entrega anticipada del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP) vuelve a ser objeto de análisis en la Asamblea Legislativa: ¿qué ha sucedido con los proyectos de ley?
Varios expertos se pronunciaron a favor y en contra del retiro anticipado del ROP en un foro convocado por el diputado Álvaro Ramírez (PLN), que se realizó este martes en la Asamblea Legislativa.
El ROP fue creado en el 2000 como un complemento a la pensión básica del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), y se compone de aportes del 1% del trabajador y del 3.25% del patrono.
Durante la actividad, el diputado Ramírez insistió en la necesidad en que se convoquen los proyectos relacionados con el retiro anticipado del ROP.
“Queremos reiterar a la presidenta de la República nuestra solicitud que le hicimos hace varias semanas de que se convoque el proyecto para votación, porque esa es la manera más responsable de abordar en democracia una demanda social tan sentida y tan importante para los costarricenses, y para poder abordar este tema con responsabilidad hemos ofrecido la posibilidad de traer a expertos, a personas de distintos campos, algunos que tienen una visión, otros tienen otra, pero lo importante es que se tome una decisión informada, doña Laura nos planteó la importancia de contar con datos y estudios y con criterios técnicos para poder escoger cuál es la modalidad de la devolución del ROP, no para escoger si se devuelve o no se devuelve, sino para escoger la forma de devolverlo, y eso para nosotros es muy importante”, apuntó.
Las propuestas legislativas
A principios de este año, tres de los cuatro proyectos existentes fueron dictaminados:
- La reforma a la Ley de Protección al Trabajador (exp. 25.003) presentada por el liberacionista Oscar Izquierdo
- La reforma a la Ley de Protección al Trabajador (exp. 24.984) propuesta por la oficialista Ada Acuña
- El proyecto de “Ley para la devolución del ROP a las personas pensionadas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre del 2029” (exp. 24.972) de la frenteamplista Rocío Alfaro
La exdiputada Alfaro comentó que su proyecto es el más simple, pues lo que busca es reintegrar fondos del ROP a quienes se pensionen entre el 1 de enero del 2021 y el 31 de diciembre del 2029.
“Esperaríamos que el proyecto pueda avanzar, nos parece que es el proyecto más sencillo, más simple, que resuelve más rápidamente la injusticia que se ha cometido con el sector más afectado, que fue al que le aplicaron el transitorio en el que se dejó de entregar la totalidad de los fondos acumulados; hacerlo en el rango de 2 años nos parece que es suficiente tiempo para que las operadoras de pensiones puedan administrarlo y, además, estamos hablando de ese sector de la población que fue afectada de manera directa, que sus fondos no maduraron y que prácticamente les están devolviendo los mismos montos que ahorraron sin haber tenido un crecimiento significativo, pero se los están devolviendo en cuotas demasiado pequeñas, definidas unilateralmente por las operadoras de pensiones”, comentó.
El oficialismo anterior había presentado una propuesta, a través de la entonces legisladora Ada Acuña.
Ella comentó que su proyecto “cambiaba las reglas del juego”, así que espera que todas las propuestas sean revisadas.
“El proyecto de ley que yo dejé presentado principalmente se diferenciaba de los otros dos proyectos, presentados por el Frente Amplio y por Liberación Nacional, porque eran proyectos transitorios, en el caso del proyecto que yo dejé listo era un proyecto que modificaba completamente las reglas de juego, entonces me parece que a la luz de cualquier discusión hay que analizar los tres proyectos, ojalá ese sea un poco la discusión, analizar realmente los diferentes pilares que sostienen las pensiones en Costa Rica y que sobre todo se haga un análisis profundo”, apuntó.
También existe una propuesta del independiente Gilbert Jiménez, que busca que el ROP se entregue a los jubilados en un solo tracto, con un máximo de dos meses después de la solicitud, para que las personas “disfruten de estos recursos en vida” (exp. 24.955).
A él también se le consultó, pero no se obtuvo respuesta.





