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¿Puede un hecho extralaboral causar el despido de un trabajador si ocurrió cuando vestía uniforme?

Alejandro Arley - 5 de noviembre de 2026
¿Puede un hecho extralaboral causar el despido de un trabajador si ocurrió cuando vestía uniforme?

Un caso sucedido en Cartago puso el tema sobre la mesa en los últimos días. Consultamos con dos profesionales en Derecho dedicados al área laboral y empresarial.

El pasado fin de semana, un video que circuló ampliamente en redes sociales expuso un altercado en carretera que culminó con una de las personas involucradas despedida de su trabajo. ¿Qué sucedió?

Los hechos sucedieron en Cartago. Las imágenes difundidas en perfiles como «Waze Costa Rica» mostraron cuando un hombre, que vestía una camisa de color rojo, con el logo de la compañía Productos Kitty, descendió de un vehículo y se dirigió al que estaba detrás.

La conductora, que lo grabó desde el otro carro, tenía la ventana abierta. El sujeto se acercó y lanzó un manotazo con el cual cubrió la cámara del teléfono. La afectada denunció que recibió un golpe en la cara.

Como el hombre estaba utilizando ropa alusiva a una empresa en particular, los usuarios de redes sociales comenzaron a etiquetarla en sus comentarios.

El 31 de octubre Productos Kitty emitió un comunicado en el cual rechazó cualquier acto de violencia, expresó indignación por lo ocurrido y comunicó el inicio de la aplicación de un protocolo interno para tomar medidas.

El 2 de noviembre, la compañía dio a conocer la finalización del proceso disciplinario que determinó el despido del trabajador que aparecía en el video.

Publicación de la empresa en redes sociales.

Noticias Columbia consultó con dos profesionales en Derecho para comprender mejor este tipo de situaciones.

De forma general, pues no pueden referirse al caso específico, explicaron por qué un hecho extralaboral o fuera de horario puede terminar en un despido si la persona vestía uniforme o ropa de la empresa.

La abogada Lucía Solórzano, socia de BDS Asesores, comentó que la legislación laboral no habla expresamente del tema de la imagen o del uso de uniforme dentro o fuera de la jornada, pero sí tiene normas generales como el artículo 19 que contempla el contenido ético del contrato y el artículo 81 relacionado con eventuales faltas graves.

«Dentro de eso se ha considerado que cuando una persona está utilizando signos distintivos de la organización, sus actuaciones sí podrían tener un impacto objetivo en la imagen del patrono y atendiendo a ese contenido ético del contrato, si ese impacto negativo es considerable, podría llegar a ser una falta grave que amerite el despido sin responsabilidad patronal», dijo.

Solórzano citó como ejemplo los actos que se consideren violentos o bochornosos y que repercutan en la imagen de las empresas.

«Ahí, el tema de qué tan grande fue el daño a la imagen o qué tan grave fue la conducta hecha por el trabajador depende mucho del caso concreto y eventualmente podría ser revisado por un juez quien determinaría si el despido es proporcionado», añadió.

El abogado Kendall Ruiz quien trabaja en áreas como Derecho empresarial indicó que el Código de Trabajo no regula propiamente el uso de los uniformes pero las empresas pueden tener sus lineamientos internos.

Esos reglamentos podrían incluir disposiciones como no utilizar el uniforme si se asiste a bares o si se va a consumir bebidas alcohólicas en espacios que queden a la vista del público.

Le consultamos a Ruiz si una empresa puede alegar daño a su imagen para justiticar la desvinculación de un trabajador o trabajadora.

«Claro que sí porque, dependiendo de la actuación que realice la persona, si hay una afectación reputacional a la empresa y está también así regulado a nivel interno de la organización y se le ha informado a la persona trabajadora de manera oportuna y clara, podría eventualmente darse un despido inclusive sin responsabilidad patronal por el tema reputacional», destacó.

El abogado aclaró que es posible que una persona tenga consecuencias disciplinarias en el trabajo a pesar de que la situación sea extralaboral, es decir, que no tenga nada que ver con su trabajo.

Aclaró que en todos los casos debe revisarse lo sucedido para determinar si un trabajador implicado en un hecho violento o bochornoso tiene responsabilidad o si habría actuado en defensa propia, por ejemplo.

Escuche aquí la entrevista completa:

Estos problemas también podrían darse si se incurre en alguna falta mientras se utiliza un vehículo rotulado de la empresa o al portar el gafete institucional.

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