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Las dos caras del proyecto 23.090

by Jenny Sanchez

Mientras algunos consideran que el proyecto podría ser inconstitucional, otros lo refutan.

Juristas constitucionales coinciden con los argumentos que fundamentan la posición de la diputada Carolina Delgado contra el proyecto de crimen organizado.

En entrevista con Noticias Columbia, la legisladora destacó que ha conversado con juristas como Fabián Volio y Rubén Hernández, y ha obtenido criterios del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad de Costa Rica y de la jueza penal Rosaura Chinchilla.

De ahí -dice- surgen las razones de su férrea oposición al texto que se encuentra en discusión en la Asamblea Legislativa, bajo expediente 23.090.

Tres criterios con una misma conclusión

Según los expertos, el proyecto 23.090 trata de revivir retroactivamente un artículo derogado, lo que implicaría complicaciones constitucionales.

La Ley de Delincuencia Organizada (8754), fue emitida en el año 2009, y en su artículo 2 se determina la solicitud de declaratoria de un proceso penal como especial para delitos de crimen organizado.

El problema surge en el año 2017, cuando se emite la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica (9481), que en su artículo 19 establece la derogatoria del artículo 2 de la Ley de Delincuencia Organizada.

De conformidad con el transitorio único de dicha norma, la misma entraría en vigencia después de otorgarse el presupuesto necesario para su implementación, conforme con los estudios técnicos del Poder Judicial, por lo que a partir de esa fecha se harán las afectaciones que indicaba, entre otros, el artículo 19.

En efecto, la entrada en vigencia de la Ley 9481 se postergó hasta el 14 de octubre del 2019 por temas presupuestarios del Poder Judicial, mediante Ley 9591.

Tan solo 16 días después, el 30 de octubre del 2019, se publicó la Ley 9769, que consiste en una reforma a la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica, la Ley Orgánica del Poder Judicial y Ley contra la Delincuencia Organizada, con el mismo lineamiento en su numeral 1 -que refiere al 19-.

Para el constitucionalista Rubén Hernández, con el proyecto 23.090, se le da valor al artículo 2 que quedó derogado en el 2019. “Están reviviendo un muerto”, señaló el constitucionalista.

Según el jurista, el problema radica en que se trate de hacer retroactiva la ley, lo que podría dar pie a acciones de inconstitucionalidad y demandas internacionales, pues atentaría con el numeral 34 de la Constitución Política.

Hernández indicó que la solución en el proyecto de crimen organizado sería aprobar la ley con efectos únicamente a futuro.

Un criterio similar mantiene el constitucionalista Fabián Volio, quien señaló que el proyecto 23.090 pretende restablecer una norma derogada.

“Si la ley se aprueba con efectos normales, hacia futuro, no habrá ninguna discusión, pero si los diputados quieren hacer la ley retroactiva entonces sí chocan frontalmente con la Constitución Política”, manifestó Volio.

El Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad de Costa Rica emitió un pronunciamiento técnico-jurídico confirmando la tesis de que el artículo 2 de la Ley 8754 está derogado.

El Director del Instituto, Gustavo Chan, se refirió a los hallazgos de la entidad ante una consulta de la diputada liberacionista Alejandra Larios.

“En tanto esté derogado (el artículo 2) es imposible variar retroactivamente temas que desarrolla este artículo. No se le puede dar una aplicación retroactiva a este artículo si no es afectando el principio de irretroactividad penal”, indicó Chan.

El proyecto archivado en la Comisión de Seguridad

Reconocer la derogatoria del artículo 2 de la Ley de Delincuencia Organizada era lo que pretendía el proyecto de ley 23.208 de la diputada Carolina Delgado.

Esta iniciativa de ley fue archivada por los miembros de la Comisión Legislativa de Seguridad y Narcotráfico.

La defensa del proyecto 23.090

El criterio de los juristas ha sido refutado dentro de dos Poderes de la República: el Judicial y el Legislativo

El Fiscal General de la República, Carlo Díaz, explicó a Noticias Columbia que el proyecto de ley afectaría la normativa procesal, y no la sustantiva, por lo que su aplicación se da a partir de que se apruebe la ley, a criterio de la Sala Constitucional.

“De acuerdo con el voto 2010-5890 de la Sala Constitucional, se concluye que en materia procesal las normas aplicables son aquellas que se encuentran vigentes al momento de la celebración del acto, y no las que estuvieron vigentes al momento en que se cometió el hecho delictivo”, indicó Díaz.

Mismo criterio que comparte la diputada Gloria Navas, abogada penalista y ex fiscala, quien ha manifestado que la norma es procesal y que por ende rige cuando se publica, por lo que no sería inconstitucional.

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