Ministro del ramo reconoció a Noticias Columbia que documento técnico jurídico promovido por el Consejo de Seguridad Vial no ha podido detallarlo, originalmente sanciones y normativas estaban para entrar en primer trimestre de 2025
El informe de carácter técnico jurídico elaborado por el Consejo de Seguridad Vial sobre la necesidad de establecer sanciones y requisitos para la operación de las denominadas «bicimotos» continúa «echando polvo» en el despacho del jerarca de Obras Públicas y Transportes.
Consultado Efraím Zeledón respecto del documento afirmó no tener nada que opinar mayoritariamente porque no podía aún revisar el documento.
«Vieras que el tema de bicimoto no lo he visto. Francamente no he tenido oportunidad de ver ese informe, entonces no podría opinar al respecto», respondió escuetamente a la consulta que le planteamos durante la inauguración de los puentes elevados en el cruce de Taras-La Lima.
No obstante las propias autoridades del Consejo de Seguridad Vial confirman que ya fue enviado el informe técnico jurídico a las autoridades del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, y para ellos está claro cuál debe ser el tratamiento para ese tipo de dispositivo de movilidad.
Así lo manifestó el gerente de proyectos del Cosevi, Roy Rojas.
«Nuestro informe es claro en demostrar que efectivamente es lo que dice la ley. O sea, la misma aduana dice que todo vehículo que tenga un motor es un ciclomotor, así digamos aduanalmente así se llaman y clasifican. Entonces, ese es un tema que digamos nosotros respetamos la decisión de las autoridades y fue un informe pasado debidamente, entonces ya el informe fue transmitido», apuntó el funcionario del Cosevi.
Así las cosas si las recomendaciones del Cosevi son acogidas por el MOPT de acuerdo con Rojas, la movilización de las bicimotos debería contemplar una serie de obligaciones que en la actualidad no pueden ser solicitadas o sancionadas por la Policía de Tránsito.
«No hay nada que regular, el tema de la bicimoto ya está regulado. Lo que dice la ley es que si tiene el cilindraje, si tiene motor, o sea, no existe una bicicleta gaso asistida, existe por ende una bicimoto; y eso de acuerdo con el cilindraje es una bicimoto o una moto», amplió el encargado de proyectos del Consejo de Seguridad Vial.
En enero pasado se dijo que la regulación para las bicimotos entraría en vigencia para el primer trimestre del 2025, sin embargo a escasos 10 días de que acabe el mes de marzo al parecer el tema continuará en la acumulación de polvo en el escritorio del jerarca de Obras Públicas y Transportes.