El diputado del PLP cuestionó que Hacienda está haciendo algo ’10 veces peor’ que el caso de la UPAD.
El Ministerio de Hacienda rechazó los señalamientos del diputado del Partido Liberal Progresista (PLP), Eli Feinzaig, sobre una solicitud de datos personales a las operadoras telefónicas del país.
Según el legislador, es peligroso que esta información llegue a manos de Hacienda, ya que se estarían vulnerando el artículo 24 de la Constitución Política y el artículo 13, inciso 1, de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, los cuales protegen la intimidad de los datos.
Feinzaig indicó que es inaceptable que se soliciten esta información “en forma masiva y sin que medien investigaciones particulares”. Además, cuestionó que Hacienda busque los datos de los costarricenses a pocos meses de las elecciones.
«Los datos sensibles de los costarricenses están en peligro y esto puede ser 10 veces peor que el caso de la UPAD, del gobierno de Carlos Alvarado. El Ministerio de Hacienda le está pidiendo a todos los operadores de servicios de telecomunicaciones los datos individualizados de todos y cada uno de sus clientes, incluyendo nombres, números de cédula, dirección física georreferenciada. Esa información no tiene ninguna utilidad para fines tributarios y entonces nos preguntamos, ¿Para qué quiere, a 6 meses de las elecciones, Hacienda los datos de todos los clientes, obligando a los operadores de telecomunicaciones a violar la Constitución Política que protege los datos de las personas, la Ley de Protección de Datos, la Ley General de Telecomunicaciones que tiene un capítulo específicamente dedicado a la protección de los datos de los usuarios de esas empresas? ¿Por qué Hacienda les está pidiendo violar la ley?», cuestionó el liberal.
Sin embargo, estas afirmaciones fueron rechazadas por el director general de Tributación, Mario Ramos.
El funcionario de Hacienda aseguró que esta solicitud de datos se realiza desde hace varios años y corresponde a un intento del ministerio por cobrar morosidades de personas que, en apariencia, brindaron datos falsos al momento de su registro.
«La Dirección General de Tributación rechaza categóricamente las manifestaciones que afirman que una gestión normal del Ministerio de Hacienda pone en peligro los datos sensibles de los costarricenses y mucho menos acepta que dichos datos vayan a ser usados con fines electorales. La información de los teléfonos y el lugar donde desarrollan su actividad económica los contribuyentes forma parte de los datos que constan en el domicilio fiscal del Registro Único Tributario, desde hace varias décadas. Dicha información es aportada por los mismos contribuyentes en el momento de registrarse. Sin embargo, la Dirección General de Tributación ha identificado que algunos contribuyentes, con el claro afán de evadir sus obligaciones frente al fisco, han proporcionado datos inexactos a la administración, lo que claramente entorpece las labores de fiscalización y control, pero sobre todo, imposibilita la capacidad para ir a cobrar las deudas morosas. Con este objetivo, desde hace muchos años, la DGT ha venido solicitando, por vía requerimiento, a estas empresas proveedoras de servicios de electrificación y telefónicas, la información de los domicilios y otros datos de los clientes; pero no para usarlos de manera indiscriminada, sino solo en los casos que ha identificado a un presunto infractor de las obligaciones tributarias», argumentó Ramos.
El director de la Dirección General de Tributación agregó que cuidan los datos según la normativa correspondiente, por lo que los mismos no están en peligro.
«Los datos que la DGT obtiene, tanto de los contribuyentes como de los terceros que le brindan información para poder ejecutar mejor sus acciones de control, se encuentran amparados a un robustísimo marco legal que no solo consagra la privacidad de estos datos, sino también que impone duros castigos entre los que se encuentra la cárcel para aquellos que divulguen estos datos. La DGT es profundamente respetuosa de todo el marco legal que la ampara y es por eso que realiza sus funciones con mística y honestidad. Pero también los costarricenses deben comprender que se requiere de fuentes de información para poder atacar de frente y sin miedo el detestable crimen social que significa la evasión. Los costarricenses pueden estar seguros que la DGT guarda la información que obtiene para sus fines y la usa cuando es necesario para poder alcanzar los recursos que mejoran la calidad de vida de todos y todas», añadió Ramos.
En Noticias Columbia consultamos al abogado experto en protección de datos personales, José Adalid Medrano sobre la posibilidad de Hacienda de acceder a esta información.
Según el abogado, es necesario que el ministerio cuente con una ley que los habilite a solicitar estos datos, en caso contrario, se estaría infringiendo en una falta similar al caso UPAD.
«La denuncia del diputado Feinzaig es de alta gravedad, tomando en cuenta que, según él indica, Hacienda está haciendo una solicitud de datos masivos de información personal de los clientes de algunas empresas.
Tomemos en cuenta que para que el Estado pueda limitar un derecho fundamental, en este caso el derecho a autodeterminación informativa, contenido en el artículo 24 de la Constitución y desarrollado en la ley 8.968, requiere una ley habilitante. Entonces, lo que corresponde es consultarle a Hacienda cuál es la ley habilitante que le permite hacer esta solicitud de datos, que es una limitación del derecho fundamental. Esto es necesario para que la solicitud de Hacienda pueda ser en respeto del principio de reserva de ley, principio de legalidad y a su vez para que no contravenga con el artículo 14 de la ley 8.968 que viene a requerir el consentimiento del titular para que se puedan hacer transferencias de datos de un responsable de datos a otro. Entonces, esto es similar al caso UPAD, pero en el caso del gobierno anterior no pudieron justificar en una ley esta solicitud. Habría que ver si en este caso Hacienda puede fundamentarlo en una norma que le permita hacer esta transferencia masiva de datos. Al costarricense le protegen de este tipo de limitaciones de sus derechos fundamentales la Constitución Política, sus principios, sus derechos fundamentales y la ley 8.968, que de manera restrictiva requiere el consentimiento de la persona para que se puedan transferir sus datos personales de un responsable a otro», explicó Medrano.