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Este 14 de agosto es feriado de pago obligatorio: ¿qué implica esto?

by Jenny Sanchez

Noticias Columbia le explica, con la ayuda de un experto en Derecho Laboral.

Aunque la festividad del Día de la Madre es cada 15 de agosto, el traslado estipulado por la Ley 9875 hace que el feriado este 2013 sea este lunes 14 de agosto.

Por ende, se reconoce como feriado de pago obligatorio, lo que significa que si usted labora este día deben reconocer un salario adicional al que normalmente recibe por su jornada.

El abogado laboralista, Gabriel Espinoza, explicó a Noticias Columbia que, al ser un feriado de pago obligatorio, si una persona lo disfruta, este día debe ser reconocido salarialmente.

Por otro lado, también por imperativo legal, cualquier patrono que ocupe a una persona trabajadora durante un feriado, debe realizar el pago del doble de salario que correspondería a un día de trabajo.

Entonces, si la modalidad de pago salarial es por tiempo efectivamente laborado (por hora, día o semana), si el feriado no se labora igual se debe remunerar un día de salario.

En caso de que sí se labore, se debe pagar el doble del día de salario.

Si la modalidad es quincenal o mensual (que implica que se remunera la totalidad de los días de cada mes) si la persona no lo trabaja, ese día ya se encuentra incluido en el salario quincenal o mensual.

Si la persona lo labora, la parte patronal debe adicionar el monto equivalente a un día de salario para así completar el pago doble.

Según el Ministerio de Trabajo, cuando se trabajan horas extra en este feriado, se deben pagar a tiempo y medio doble, es decir, pago triple.

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