El debate en torno a los efectos que provocaría la posible aprobación del proyecto ha tomado fuerza en los últimos días.
¿Cuántos votos requiere el proyecto de “Ley de Armonización del Sistema Eléctrico Nacional” para ser aprobado?
La iniciativa busca crear el Ente Coordinador del Sistema Eléctrico Nacional (ECOSEN), una institución autónoma con independencia técnica, especializada y organizacional, lo que modifica las competencias de instituciones autónomas como la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
Además, se abriría la posibilidad de que cualquier persona física o jurídica pueda participar en el Sistema Eléctrico Nacional, lo que ha provocado debate en torno a las tarifas, el servicio y hasta el papel del ICE.

El trámite legislativo
El proyecto fue presentado por el gobierno (exp. 23.414) en octubre del 2022, y se remitió a la Comisión Especial del Sector Energético, donde enfrentó más de 700 mociones.
Desde octubre del 2025 el proyecto estuvo paralizado, hasta este mes de mayo, cuando se incluyó en la convocatoria de proyectos del Poder Ejecutivo.
Los votos: ¿mayoría absoluta o mayoría calificada?
Ante una posible votación: ¿cuántos votos requiere la propuesta para superar los dos debates?
El abogado especialista en Derecho Constitucional, Marvin Carvajal, explicó que se necesita una mayoría calificada, es decir, 38 votos.
“La razón es muy simple, y es que este proyecto crea una nueva institución descentralizada, una institución autónoma que funge como ente regulador del mercado eléctrico, quitándole esas potestades al ICE y dándoselas a un nuevo ente descentralizado, y la creación de una institución de esta naturaleza, así lo determina la Constitución, requiere de mayoría calificada, por lo tanto, más allá de otras razones, por partir este proyecto de ley de la creación de una nueva entidad pública para separar las funciones de operación y regulación del mercado eléctrico, requiere de mayoría calificada y, por lo tanto, 38 votos son necesarios”, explicó.
El artículo 189 constitucional establece que la Asamblea Legislativa puede crear instituciones autónomas “por votación no menor de los dos tercios del total de sus miembros”, lo que se traduce en 38 votos.
Ese análisis lo realizó el mismo Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, en un criterio emitido en enero del 2024 (AL-DEST- IJU- 027- 2024):
“La creación del Ente Coordinador del Sistema Eléctrico Nacional (ECOSEN), como una institución Autónoma del estado costarricense, es viable de conformidad con lo estipulado en el artículo 189 inciso 3) de la Constitución Política, para lo cual la Asamblea Legislativa requiere aprobarlo por una votación no menor de los dos tercios del total de sus miembros”, dice el criterio.

Fuertes debates en torno a la propuesta
El debate en torno a los efectos que provocaría la posible aprobación del proyecto ha tomado fuerza en los últimos días.
Militantes de partidos como Liberación Nacional (PLN), el Frente Amplio (FA) y la Coalición Agenda Ciudadana (CAC) han cuestionado la iniciativa, además del sector sindical.
Otros, por el contrario, piden que la propuesta avance, como las cámaras empresariales (UCCAEP), la Cámara de Empresas de Distribución de Energía y Telecomunicaciones (CEDET) y los oficialistas.





