Confusiones alrededor de este tema han surgido por la decisión de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) de nombrar 40 mil puestos como exclusivos y excluyentes.
Pese a la manifestación de los funcionarios de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), la Junta Directiva dejó en firme la decisión de nombrar 40 mil puestos como exclusivos y excluyentes, lo que quiere decir que más de 19 mil empleados administrativos pasarán a la rectoría del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN).
Pero, ¿qué son puestos exclusivos y excluyentes? El abogado Edwar Cortés explicó este concepto. “Puestos exclusivos y excluyentes son aquellos que ostentan competencias establecidas en la Constitución Política y desarrolladas mediante una o varias leyes, cubiertos por autonomía constitucional o por el principio de separación de poderes. Quienes están cubiertos por esto tienen impedido ser objeto de mandamientos direcciones o imposiciones por parte del poder ejecutivo”.
La Ley Marco de Empleo Público permite que las instituciones autónomas designen algunos puestos, por su naturaleza y especialidad, como exclusivos y excluyentes. Es decir, que son fundamentales para el funcionamiento de cada institución.
¿Qué pasa con los puestos que quedan fuera de esta categoría?
Estos son denominados no concurrentes y quedarán bajo la rectoría de MIDEPLAN, lo que le permite a este Ministerio hacer evaluaciones de desempeño e incluso despedir empleados.
Cortés mencionó que hasta el momento el Poder Legislativo, el Poder Judicial, las universidades públicas, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y alrededor de 77 municipalidades han declarado a la mayoría o a la totalidad de sus funcionarios como exclusivos y excluyentes.
“Esto no es el caso de la CCSS, que en un criterio sumamente cuestionable definió que solamente un porcentaje de sus puestos eran excluidos excluyentes y los otros no. Dando así pie a que sea la única institución que haya hecho esto y dando pie también a declaraciones de la Ministra de Planificación, de que es la única institución que lo ha hecho de forma correcta”, resaltó Cortés.
Finalmente, el abogado explicó que los puestos exclusivos y excluyentes no tienen ningún beneficio especial y la única diferencia es que no serán administrados por MIDEPLAN.