La pregunta surge a partir de recientes casos de legisladores que, o han renunciado a su inmunidad, o que han sido interpelados para que lo hagan y deciden negarse.
La posibilidad, o no, de un legislador de renunciar a su inmunidad divide criterios entre especialistas en Derecho.
La pregunta surge a partir de recientes casos de legisladores que, o han renunciado a su inmunidad, o que han sido interpelados para que lo hagan y deciden negarse.
Entre ellos figura el anuncio realizado este lunes por el independiente Diego Vargas, quien puso a disposición su inmunidad por posibles investigaciones en su contra.
También está la petición que hicieron hace algunos días diferentes sectores, entre políticos, académicos y sociales, al diputado de Nueva República Fabricio Alvarado para que renuncie a su inmunidad y facilite el trámite de casos de abuso sexual en su contra.
La respuesta del legislador ha sido negativa pues, a su criterio, un legislador no puede renunciar a su inmunidad.
Para el abogado constitucionalista Marvin Carvajal, quienes tienen inmunidad sí pueden renunciar a ella.
Según explicó, la inmunidad es “un privilegio del que gozan algunos funcionarios para protegerlos en el ejercicio de su cargo”. No está hecho para proteger directamente a la persona, sino a quien realiza ciertas funciones, para que no se utilice el proceso para perseguir a esta persona e impedir sus actividades oficiales.
“La consecuencia de la inmunidad es que a mí, en lo personal, no se me va a poder seguir una acusación, un proceso hasta su etapa de juicio, por ende, yo puedo querer que esa inmunidad sea levantada para que el proceso siga adelante, para que pronto se pueda determinar la verdad real de los hechos o simplemente para someterme a la justicia, porque considero que no tengo ninguna razón para no someterme a la justicia y utilizar ese fuero como un impedimento de que se me juzgue, por esa razón la inmunidad es 100% renunciable”, expresó.
Por el contrario, el abogado constitucionalista Luis Felipe Rodríguez es del criterio de que no se puede renunciar a la inmunidad.
Según comentó el especialista, la inmunidad tiene tres vertientes que recaen sobre el cargo, no sobre la persona: la imposibilidad de ser detenido, la imposibilidad de ser acusado por las opiniones que den en el Congreso, y el fuero de improcedibilidad penal.
“Este último no es renunciable, el fuero de improcedibilidad penal lo que protege es el cargo, el puesto que ocupa una persona temporalmente cuando es un miembro de los Supremos Poderes, de manera tal que no es la persona que temporalmente ostenta ese cargo la que puede disponer de esa renuncia, el fuero de improcedibilidad penal solo lo puede levantar la mayoría del Congreso, porque básicamente este tipo de mecanismos de protección, que por cierto no significan impunidad de ninguna manera, simplemente ofrecen una protección a los cargos porque se supone que tienen que invertir su tiempo en ejercer esa representación y no en estar constantemente indebidamente acusados o denunciados”, explicó.
Sin embargo, en ocasiones anteriores legisladores de diferentes tendencias han renunciado a su inmunidad, como el oficialista Alexander Barrantes y el independiente Diego Vargas.
En períodos legislativos anteriores, también lo hicieron los entonces diputados del Frente Amplio, Edgardo Araya y Patricia Mora; y Laura Garro, del Partido Acción Ciudadana (PAC), en el período 2014-2018.
En el período 2018-2022 lo hicieron Gustavo Viales y David Gourzong, del Partido Liberación Nacional; y el diputado del PAC, Welmer Ramos.





