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Presidente lamenta que no se realice el rebajo a pensiones de expresidentes

by Katherina Bonilla

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso sobre el monto de las pensiones de los exmandatarios

 El presidente expresó su disgusto al enterarse que las pensiones de los exmandatarios no sufrirán amplias rebajas como se había indicado hace unos días atrás.

Esto tras la admisibilidad de los magistrados de un recurso, que anula la ley aprobada por los diputados en el año 1988 que equiparaba el monto de pensión de los expresidentes con el salario de los diputados.

“Lo justo es justo y uno tiene que hacer lo correcto y dejar que las fichas caigan donde deben, caer imagínense que yo me ponga a defender una pensioncita o pensionzota desde el lugar, desde el puesto que el pueblo de Costa Rica medio para mi beneficio sería una traición a mis valores”

El abogado que presentó dicha acción, Raúl Muñoz insistió que esta aprobación lo que permitiría era bajar el monto de la pensión a los 600 mil colones, punto que desmintió el presidente de la Sala Constitucional.

“Lo que se hizo fue declarar inconstitucional una norma presupuestaria que equiparaba el monto de la pensión al salario de los diputados, con la entrada en vigencia de la Ley Marco de pensiones, esa norma se replicó en consecuencia lo que ocurre en la actualidad, es que los actuales expresidentes mantienen ese monto y los futuros expresidentes y el presidente mantendrán el monto actual de la jubilación que corresponde al salario de lo que le devenga un diputado”.

El abogado constitucionalista Marvin Carvajal, manifestó en que se basó la decisión de los magistrados de la Sala Constitucional.

“Y las reglas generales es que los presupuestos, las leyes de presupuesto solamente pueden tener disposiciones de carácter presupuestario, las que se refieran a los ingresos del Estado, a la forma  de gastar esos ingresos por parte del Estado y a las reglas para que se den estas dos actividades el presupuesto, tiene una duración determinada y es de un año aún cuando existen ahora los presupuestos plurianuales que es otro tema, verdad que  no queramos, que no viene el caso, pero lo cierto es que a través de la ley de presupuesto no se pueden incorporar normas de otro tipo diferente de las normas de carácter presupuestario, esas son las llamadas normas atípicas, pues bien la Sala Constitucional en su reciente resolución conoció de una norma atípica que establecía la pensión de los expresidentes y lo equiparaba con los ingresos de una persona diputada”.

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