Los cambios que implementará el TSE provoca desacuerdo entre el exdiputado del PLP y el órgano electoral sobre un proyecto de ley.
Los cambios que implementará el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) en las consultas civiles reavivaron el debate sobre un proyecto de ley al que el mismo órgano electoral se opuso.
Recientemente, el Tribunal anunció que, en un plazo de 45 días naturales, realizará modificaciones al sistema, como el registro obligatorio para poder acceder a la información y la anonimización de datos relacionados con matrimonios, divorcios e hijos.
La posición del exdiputado Campos
El anuncio llamó la atención del exdiputado del Partido Liberal Progresista (PLP), Gilberto Campos, quien en marzo del año anterior presentó el proyecto de “Ley para devolver al ciudadano el control de sus datos básicos sobre hechos vitales” (exp. 24.895).
En conversación con Columbia, el diputado recordó los alcances de su propuesta.
“Más o menos un año antes de terminar la legislatura pasada, presentamos a la corriente legislativa un proyecto de ley que pretendía proporcionar seguridad en los datos sensibles y vitales de los ciudadanos, un proyecto que pretendía establecer la obligación del Tribunal Supremo de Elecciones de crear un registro de visitas, es decir, que la gente que consultara los datos vitales de las personas quedara registrada, que usted pudiera saber quién consultó sus matrimonios, sus hijos, sus familiares, etcétera, y también que estableciera criterios de seguridad mucho más fuertes, principalmente por dos razones: uno, por un tema de seguridad, los delitos informáticos en Costa Rica crecían aceleradamente y siguen creciendo, y mucha de la información que utilizan los ciberdelincuentes para estafar a las personas tiene que ver justamente con los datos vitales, se metían al a la página del Tribunal, sacaban el nombre de los hijos, hacían una llamada, inventaban un secuestro exprés, le decían ‘yo tengo secuestrado a fulano de tal, su número de cédula es tal, tiene tantos años, etcétera’ y la gente caía muy fácilmente, entonces el proyecto de ley tiene un trasfondo de seguridad”, explicó.
El exdiputado expresó que las modificaciones que hoy plantea el Tribunal Supremo de Elecciones son prácticamente iguales a su propuesta de reforma legislativa.
Sin embargo, el órgano electoral se opuso al proyecto durante su trámite legislativo, según recordó Campos.
“A mí me alegra mucho que el Tribunal Supremo de Elecciones haya echado atrás con las oposiciones que tuvo cuando ese proyecto se presentó, porque el Tribunal dijo ‘no se puede’, el Tribunal presentó una gran cantidad de oposiciones, ahí están los oficios en el expediente del Tribunal Supremo de Elecciones y resulta ser que ahora el Tribunal dice ‘mire, nosotros pensando en en la seguridad de las personas y en la protección de su privacidad, ahora nosotros vamos a hacer el cambio’, pero hay cierta mezquindad en la comunicación del Tribunal Supremo de Elecciones, porque lo que el Tribunal está haciendo es exactamente lo mismo que dice el proyecto de ley al que se opusieron, sin embargo, es de bien nacidos ser agradecidos y yo como ciudadano costarricense me alegro mucho de que el Tribunal Supremo de Elecciones haya echado para atrás en esos criterios de oposición que manifestó inicialmente y que ahora le parezca una muy buena idea”, cuestionó.
El proyecto del exdiputado Campos fue dictaminado por la Comisión de Reformas Electorales en abril anterior y pasó al Plenario Legislativo, pero no ha sido convocado en el actual período de sesiones extraordinarias.
La posición del TSE
Consultado por Columbia, el jefe del Despacho de la Presidencia del TSE, Andrei Cambronero, confirmó que el órgano se opuso a la propuesta del exdiputado Campos por algunas razones.
“El proyecto de don Gilberto lo que pretendía era modificar el artículo 24 del Código Electoral que regula la venta de servicios no esenciales, dentro de ese artículo se ampara el proyecto que nosotros tenemos con el VID, el sistema de identificación de identidad, este no ha tenido ningún tipo de modificación por parte del Tribunal en el acuerdo de la semana anterior, entonces ya ahí hay una parte importante del proyecto de ley que no tiene vinculación alguna con lo decidido por las magistradas y magistrados electorales el jueves de la semana pasada; lo otro que el Tribunal había señalado era que, a través de una modificación al Código Electoral, no podía variarse la naturaleza de un dato, porque eso lo convertía técnicamente en una norma atípica, que no se corresponde con el entramado normativo o el cuerpo de ley que está regulando ese tipo de reglas, pareciera no natural que el Código Electoral definiera cuál es la naturaleza de un dato, eso está previsto y normado y preceptuado en la Ley de Protección de Datos justamente”, expresó.
El especialista electoral comentó, además, que la propuesta del exdiputado Campos pretendía cambiar la naturaleza de los datos, algo que no ha sido modificado por el Tribunal Supremo de Elecciones con las recientes modificaciones aprobadas.
“Don Gilberto pretendía transformar la información que es pública para la ciudadanía, según los precedentes de la Sala Constitucional, en una de carácter confidencial, y es que el Tribunal Supremo de Elecciones lo que ha hecho la semana anterior no es variar la naturaleza del dato y su publicidad, sino lo que ha hecho es la forma en la cual se puede acceder o visibilizar esa información, vea usted que si se solicita una certificación igual aparecerán los datos, por ejemplo, del estado civil y con quién usted ha contraído matrimonio o de quién se ha divorciado, no así en la consulta web del Tribunal Supremo de Elecciones, esta es una diferencia sustancial, porque si nosotros hubiésemos en el acuerdo de la semana anterior variado la naturaleza del dato en los términos que quería don Gilberto, ni siquiera podría aparecer en las certificaciones, porque se convierte en un dato sensible que solo sería de acceso para su titular”, comentó.





