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“La ministra debe tratar de ponerse en los zapatos de las personas con discapacidad”, señala presidente de Asociación Agencia Desarrollo Accesible Sin Fronteras

by Jenny Sanchez

La Sala Constitucional resolvió un recurso de amparo respecto al cierre del Servicio Educativo de Sordos Adultos (SESA) contra el MEP.

La Sala Constitucional ordenó al Ministerio de Educación Pública (MEP) adoptar las acciones necesarias para garantizar el derecho a la educación de las personas sordas.

El Tribunal Constitucional resolvió un recurso de amparo presentado por la Asociación Pro Defensa Derechos Sordos CR, en el que se cuestionó el cierre del Servicio Educativo de Sordos Adultos (SESA) y la reubicación de sus estudiantes en aulas regulares en octubre anterior, sin tener en cuenta sus necesidades y derechos.

Contexto del SESA

El MEP justificó el cierre del programa en el que había 67 personas matriculadas en razones como la baja asistencia de estudiantes, “resultados deficientes” y la falta de normativa “aprobada y oficializada por el Consejo Superior de Educación para su operación”. 

Por ello, les ofreció a los estudiantes continuar sus estudios en el CINDEA de Montes de Oca y en aulas regulares, lo que generó el descontento tanto desde el Congreso como desde la misma comunidad, que alegaba una agresión a su derecho a la educación.

Incluso, unos días después la población sorda hizo un plantón en Torre Mercedes, Paseo Colón, en protesta por el cierre del SESA y solicitando que se respete su derecho a la educación.

Tras manifestarse, la comunidad sorda fue atendida por la ministra Muller y el MEP firmó una serie de compromisos para garantizar una educación de calidad e inclusiva para la comunidad, que no fue del completo agrado de la población y se impugnó a través del recurso de amparo.

La resolución de la Sala Constitucional

Para los magistrados, aunque el MEP tiene la competencia de fijar el modelo de educación, no se demostró que el cierre del programa proteja los derechos de esa población.

Por ello en la sentencia, los magistrados ordenaron a la ministra de Educación, Anna Katharina Muller, “garantizar plenamente y de forma ininterrumpida, a las personas cubiertas actualmente por el programa y a la población sorda en general su derecho a la educación de calidad en condiciones de igualdad e inclusión”.

Para la Sala, su decisión se fundamentó en el derecho a la educación en condiciones de igualdad, concretamente en el acceso a la formación educativa, especialmente cuando los educandos se encuentren en situación de discapacidad, exigiendo la creación, conservación y desarrollo de programas de enseñanza especiales e incluyentes.

“La forma intempestiva en que las autoridades del MEP clausuraron el SESA y dispusieron el traslado de los estudiantes activos -así como la matrícula de estudiantes nuevos al CINDEA de Montes de Oca- violentó el derecho a la educación de la población estudiantil sorda”, argumentó la Sala.

Las posiciones encontradas

Alberto Cabezas, presidente de la Asociación Agencia para el Desarrollo Accesible Sin Fronteras, manifestó a Noticias Columbia su satisfacción por la resolución.

“Para mí es muy importante estar dando a conocer esta noticia, la cual subraya la falta de evidencia de que el cambio del modelo educativo propuesto por el MEP protege plenamente los derechos de los amparados; considero que la decisión se basa en el derecho a la educación en condiciones de igualdad y especialmente para aquellos en situación de discapacidad, exigiendo la creación y el desarrollo del programa de enseñanza especial inclusivos; la ministra de Educación debe tratar de ponerse en los zapatos de las personas con discapacidad”, indicó.

Noticias Columbia solicitó una declaración al Ministerio de Educación Pública sobre la resolución de la Sala, pero al cierre de edición no se obtuvo respuesta.

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