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¿Es viable separar la Sala Constitucional del Poder Judicial?

by Jenny Sanchez

Esta es la intención principal de dos proyectos de ley que existen dentro de la corriente legislativa.

El Poder Judicial es uno de los Supremos Poderes en los que la Constitución Política divide la administración del Estado costarricense.

Además de albergar al Organismo de Investigación Judicial y al Ministerio Público, el Poder Judicial distribuye la administración de justicia en tres salas: Primera (con asuntos civiles, comerciales y del Estado), Segunda (con temas laborales, de familia y juicios universales) y Tercera (que ve cuestiones penales).

A esta se añadió el 18 de agosto de 1989 la Sala Constitucional, mediante el Decreto de Ley No. 7128, que contenía una reforma constitucional para crear este Tribunal, cuyo fin es “garantizar la supremacía de las normas y principios constitucionales y del Derecho Internacional o Comunitario vigente en la República, su uniforme interpretación y aplicación, así como los derechos y libertades fundamentales consagrados en la Constitución o en los instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes en Costa Rica”.

Desde entonces, la Sala Constitucional ha resuelto importantes asuntos en materia de derecho al ambiente, la libertad de prensa, la salud y la educación.

Por ello, el magistrado Fernando Castillo, presidente de la Sala Constitucional, considera que este Tribunal ha sido exitoso en proteger efectivamente los derechos humanos.

Sala Constitucional independiente

Tras casi 35 años de historia, hay quienes consideran que este Tribunal debe separarse del Poder Judicial.

Por ello, dentro de la Asamblea Legislativa existen dos iniciativas dirigidas a este fin.

Una es de la autoría del diputado liberal Jorge Dengo, bajo expediente 24.017, cuyo objetivo es independizar la Sala Constitucional de la estructura del Poder Judicial y crear un Tribunal Constitucional, autónomo e independiente, de los Poderes del Estado, con igual rango que estos con el objetivo de fortalecer la justicia constitucional costarricense.

Dengo señaló que ha conversado con expertos en Derecho Constitucional y con magistrados que coinciden en hacer a la Sala Constitucional un ente independiente.

“Es el sistema que utilizan la jurisdicciones más avanzadas en el mundo, en Estados Unidos funciona así, en Francia, España Alemania, Austria, también en Colombia, en Latinoamérica el Tribunal Constitucional está fuera del Poder Judicial, precisamente porque es un ente que por su naturaleza trasciende el ámbito jurisdiccional aunque siempre tiene obvio parte en él, pero también toca el fenómeno político, es un Tribunal que está interpretando día a día lo que dice la carta fundamental de cada país, que es la Constitución”, indicó Dengo.

Además de posibles conflictos de intereses, hay otras razones por las cuales el diputado promueve esta iniciativa.

“La Sala Constitucional es por mucho la Sala que tiene más trabajo, más que cualquiera de las otras tres Salas, y precisamente se debe a que los magistrados de la Corte Plena en general tienen una gran cantidad de labores administrativas, lo cual permite que el trabajo de los magistrados de la Sala Constitucional sea muy limitado en el tema que a ellos les ocupa”, expresó Dengo.

La segunda iniciativa es impulsada por la diputada de Nueva República, Gloria Navas, quien considera que es momento de que la Sala Constitucional sea un Tribunal independiente.

Su iniciativa, bajo expediente 23.967, es una reforma al artículo 10 de la Constitución Política para sacar a la Sala Constitucional del Poder Judicial y convertirla en un órgano independiente con rango constitucional.

La legisladora mantiene un criterio similar al diputado Dengo, en cuanto a la carga administrativa que recae en los magistrados de la Sala.

“Los miembros de la Sala Constitucional, los siete señores magistrados, tienen que participar de esas acciones administrativas, lo cual tiene varios problemas: uno es que ellos tardan dos días por semana en temas administrativos por la Corte Plena, eso quiere decir que en temas constitucionales tienen únicamente tres días”, explicó la diputada.

Navas agregó que con la independencia de la Sala se evitaría la concentración del poder y se garantizaría la eficiencia, tanto de este Tribunal como de la Corte Plena.

“Ese tribunal constitucional también garantizaría, si lo sacamos de la Corte Suprema de Justicia, esa independencia de la Sala Constitucional, más eficiencia en los temas de ese rango, y por otro lado también evitaría concentración de poder; haría también más pequeña la Corte Plena, con lo cual creemos que sería más eficiente las decisiones administrativas que toman”, agregó Navas.

El análisis de la propuesta

Para el constitucionalista Marvin Carvajal existe una gran variedad de formas en las cuales los Tribunales Constitucionales se conforman alrededor del mundo, por lo que esto no determina la eficiencia ni la independencia de dichos órganos.

En el caso costarricense, el especialista considera que la Sala mantiene un alto grado de independencia pese a formar parte del Poder Judicial.

Aun así, ¿qué debería hacer Costa Rica si quisiera separar la Sala Constitucional del Poder Judicial?

“Debe colocar a la Sala en un lugar donde tenga toda la autonomía, toda la independencia necesaria para poder actuar con libertad sin estar sometida al poder político de manera directa, es importante también considerar que una reforma como ésta requeriría una reforma constitucional, me parece que no sería necesaria una reforma general de la Constitución”, respondió Carvajal.

Por ello, para el presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo, la propuesta requiere de una reflexión colectiva.

“Es un tema polémico de si la Sala debe seguir dentro del Poder Judicial o constituirse como un tribunal independiente al estilo europeo, al estilo colombiano, peruano, dominicano, es un tema que requiere una reflexión colectiva, de manera tal que se vean los pros y los contras de forma tal que si se toma la decisión fundamental de sacar la Sala del Poder Judicial pues se le den las garantías suficientes para seguir actuando en favor de los derechos fundamentales y de la protección efectiva del principio de supremacía constitucional”, refirió el magistrado.

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