El expresidente de la República, así como el ex vicepresidente y exministro de Hacienda, Helio Fallas; y el exministro de la Presidencia, Sergio Alfaro, afrontaran juicio por un presunto delito de influencia en contra de la Hacienda Pública.
El expresidente de la República, Luis Guillermo Solís; el ex vicepresidente y exministro de Hacienda, Helio Fallas; y el exministro de la Presidencia, Sergio Alfaro, defendieron su actuar en el cierre del Banco Crédito Agrícola de Cartago (Bancrédito).
Este miércoles, el Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José comunicó la apertura a juicio por esta decisión, que se materializó el 30 de noviembre del 2018.
El abogado defensor del expresidente Solís, Rodrigo Guevara, aseguró que demostrarán que los miembros del Ejecutivo actuaron apegados a la ley.
«Don Luis Guillermo (Solís) está muy tranquilo, porque él sabe que su actuar fue apegado a derecho y en beneficio del interés público y del pueblo de Costa Rica», afirmó.
Tanto Solís como Fallas y Alfaro hicieron público un comunicado de prensa conjunto donde defienden su actuar y aseguran que en ningún momento se infringió la ley.
«Afrontaremos el juicio oral y público con la total convicción que nuestras acciones ni las de las otras personas acusadas Marta Cubillo y Mauricio Arroyo revistieron en ningún momento nada ilegal y, por el contrario, estuvieron destinadas a atender el interés de la colectividad», indicaron el en comunicado.
Según los exfuncionarios, «respetamos, pero no compartimos, la decisión del Juzgado Penal. Consideramos que no se valoraron todos y cada uno de los argumentos y las pruebas que nuestros equipos de defensa presentaron, y ahora será ante un Tribunal Penal que demostraremos que ninguno de nosotros cometió hechos contrarios a la ley, como lo hemos sostenido desde el comienzo».
Los exfuncionarios están acusados por influencia en contra de la Hacienda Pública. Este es un delito que cometen funcionarios públicos que, al intervenir en razón de su cargo o posición, influyen, dirigen o condicionan, en cualquier forma, para que se produzca un resultado determinado, lesivo a los intereses patrimoniales de la Hacienda pública o al interés público.
Según el Código Penal, en su artículo 57, la pena por este delito es de dos a ocho años de prisión.





