- Apelación de la Fiscalía deja sin efecto anulación de escuchas telefónicas.
El proceso judicial del caso Diamante dio un nuevo giro luego de que el Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública acogiera la apelación de la Fiscalía y dejara sin efecto la resolución que anulaba una parte sustantiva de la prueba, incluidas las intervenciones telefónicas.
Con esta decisión, el expediente regresa al juzgado de origen para que, con una nueva integración, se realice otra audiencia en la que se determinará nuevamente la validez de las pruebas cuestionadas. En la práctica, esto mantiene vigente el núcleo probatorio del caso mientras se redefine su legalidad.
El fallo representa un revés para las defensas, que habían logrado en diciembre anterior la exclusión de las escuchas tras cuestionar la declaratoria de crimen organizado. Sin embargo, el Tribunal concluyó que esa decisión tuvo errores tanto de forma como de fondo, y que la invalidez de esa figura no implica automáticamente descartar la evidencia.
Desde la defensa del exalcalde de San José, se optó por la cautela. El abogado Alfonso Ruiz, co-defensor de Johnny Araya, explicó que no emitirán criterio hasta que se realice la nueva audiencia.
“Se dictó la resolución que acogió el recurso de apelación y lo que está ordenando únicamente es volver a discutir si la prueba es válida o no es válida. Estamos cayendo al mismo punto que estábamos antes de la resolución”, señaló.
El criterioEn la misma línea, la defensa del exalcalde de Escazú, Arnoldo Barahona, también evitó profundizar en el fondo del fallo. Su abogado, Wálter Brenes, indicó:
“Al acogerse la apelación, lo único que corresponde ahora es que se vuelva a discutir el tema en una nueva audiencia, por lo que no es oportuno adelantar criterios sobre la validez de la prueba en este momento”.
El caso Diamante investiga una presunta red de corrupción en la adjudicación de obra pública cantonal, en la que figuran alcaldes, funcionarios municipales y empresarios. La acusación se sostiene, en gran medida, en escuchas telefónicas realizadas entre febrero y abril de 2021, cuya validez será ahora nuevamente examinada.
La resolución del Tribunal no define el fondo del caso, pero sí reabre la puerta para que la prueba más relevante continúe en discusión, prolongando un proceso que sigue sin una resolución definitiva.





