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Tropezón de Venegas le genera 5 partidos de suspensión a Coito y 2 al propio Johan

Además, el club manudo deberá cancelar 200.000°° colones y el veto de uso del estadio Alejandro Morera Soto por un partido

by Eduardo Baldares

El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol dio a conocer las sanciones deportivas y económicas a clubes de la Primera División, tras disputarse la jornada 11 del Torneo de Apertura.

La sanción más fuerte la recibió el DT de Alajuelense, Fabián Coito, por sus fuertes reclamos tras un supuesto penal en una jugada en la que cayó Johan Venegas cuando iba marcado por el saprissista Ricardo Blanco. En la repetición parece que el atacante erizo en realidad se tropieza solo y, además, fuera del área. Más en detalle, el analista arbitral Ramón Luis Méndez consideró que “Venegas es el que golpea el pie de Blanco, se tropieza y cae”.

Acá, el detalle de los castigos, que también involucran al propio Venegas Ulloa:

– Al entrenador Fabián Coito Machado se le multó con cinco partidos de suspensión y una multa de 325.000°° colones de conformidad con lo siguiente: a) un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 36 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por abandonar el área para protestar decisiones arbitrales; b) un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 31 del Reglamento Disciplinario, por no acatar de manera expedita la expulsión y atrasar la reanudación del encuentro y c) tres partidos de suspensión y una multa de 175.000°° colones de conformidad con el artículo 38 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por utilizar lenguaje ofensivo en contra del árbitro del encuentro.

– El jugador Johan Venegas Ulloa fue amonestado con dos partidos de suspensión y una multa de 150.000°° colones de conformidad con lo siguiente: a) Un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 34 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo partido y b) un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 31 del Reglamento Disciplinario, por no acatar de manera expedita la expulsión y atrasar la reanudación del encuentro.
– El club manudo deberá cancelar 200.000°° colones y el veto de uso del estadio Alejandro Morera Soto por un partido, de conformidad con el artículo 72 inciso 3 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, debido a que por primera ocasión en la temporada se dio el lanzamiento de objetos contundentes por parte de los aficionados que impactaron al Asistente dos del encuentro, específicamente por el lanzamiento de hielo que impactó al árbitro asistente produciéndole una herida en la frente.
– El club deberá pagar una multa de 150.000°° colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por incurrir en conducta incorrecta por segunda ocasión en la temporada.

Otras sanciones:

Deportivo Saprissa:
– Se sancionó al club con una multa de 200.000°° colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por incurrir en conducta incorrecta por tercera ocasión en la temporada.

San Carlos:
– El jugador Christian Martínez Mena recibió una suspensión tres partidos y una multa de 125.000°° colones de conformidad con el artículo 37 inciso 3 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por ser culpable de conducta violenta al golpear a un adversario y configurarse la agravante de no estar en disputa el balón.
– Al club se multó con 200.000°° colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por incurrir en conducta incorrecta por tercera ocasión en la temporada.

AD Guanacasteca:
– Al director técnico Juan Vita con un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 34 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo encuentro.
– Al club se le multó con 200.000°° colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por incurrir en conducta incorrecta por tercera ocasión en la temporada.

Guadalupe FC:
– El jugador Jossimar Pemberton Segura con tres partidos de suspensión y una multa de 125.000°° colones de conformidad con el artículo 37 inciso 3 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por ser culpable de conducta violenta al golpear a un adversario y configurarse la agravante de no estar en disputa el balón. El mismo jugador deberá purgar un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 35 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por acumular cinco tarjetas amarillas por primera ocasión en el presente torneo.
– El club guadalupano se multó con 150.000°° colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por incurrir en conducta incorrecta por segunda ocasión en la temporada.

Herediano:
– Se sancionó al jugador Gerson Torres Barrantes con tres partidos de suspensión y una multa de 125.000°° colones de conformidad con el artículo 37 inciso 3 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por ser culpable de conducta violenta al patear a un adversario y configurarse la agravante de no estar en disputa el balón.
– El jugador Douglas López Araya con un partido de suspensión y una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 34 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo encuentro.
– El club florense deberá cancelar una multa de 500.000°° colones, el veto del 20% de la gradería con el menor precio de entrada para el próximo partido y un apercibimiento de que en caso de reincidencia se procederá con el veto del estadio sede por un encuentro, de conformidad con el artículo 71 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, lo anterior por la participación de sus aficionados en riñas y peleas, que afectaron la imagen deportiva ya que incluso se suspendió el desarrollo del encuentro por diez minutos y fue necesaria la intervención de la Fuerza Pública para normalizar la situación y de la empresa de salud para atender a un aficionado, que resultó perjudicado producto del enfrentamiento entre las barras.
– Además, el club fue multado con 150.000°° colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por incurrir en conducta incorrecta por segunda ocasión en la temporada.

Cartaginés:
– El jugador Ronald Mauricio Montero Lobo con tres partidos de suspensión y una multa de 125.000°° colones de conformidad con el artículo 37 inciso 3 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por ser culpable de conducta violenta al majar a un adversario y configurarse la agravante de no estar en disputa el balón.
– El club fue multado con 200.000°° colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por incurrir en conducta incorrecta por quinta ocasión en la temporada.

El Tribunal Disciplinario de la FCRF recibió una denuncia por parte de la Comisión de Arbitraje por las declaraciones brindadas por el señor Manrique Lara, fiscal de la Liga Deportiva Alajuelense, a los medios de comunicación, en contra de los árbitros del encuentro y la Comisión de Arbitraje. El Tribunal dio traslado al señor Lara y a la Liga Deportiva Alajuelense para que se refieran a la misma y resolver lo que a derecho corresponda en la próxima sesión.

Sporting FC:
– Al Club se le multó con 100.000°° colones de conformidad con el artículo 72 inciso 2 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ya que por primera ocasión en la temporada se da el lanzamiento de objetos no peligrosos por parte de los aficionados al terreno de juego. Otros 100.000°° colones de conformidad con el artículo 73 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por la invasión de un aficionado que no alteró la continuación del juego. Y 200.000°° colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por incurrir en conducta incorrecta (al haber cinco o más amonestados) por tercera ocasión en la temporada.

Puntarenas FC:
– El club deberá cancelar 200.000°° colones de conformidad con el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por incurrir en conducta incorrecta por tercera ocasión en la temporada.
– El jugador Guido Jiménez López fue sancionado con una multa de 75.000°° colones de conformidad con el artículo 35 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por acumular cinco tarjetas amarillas por primera ocasión en el presente torneo.

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