Perros y gatos deben contar con certificados sanitarios, vacunación vigente y controles veterinarios tanto para salir del país como para ingresar a Costa Rica.
El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), del Ministerio de Agricultura y Ganadería, recordó a la población que todo perro o gato que salga o ingrese a Costa Rica debe cumplir con los requisitos sanitarios establecidos, con el fin de proteger la salud, el bienestar animal y evitar contratiempos durante el viaje.
Requisitos para salir del país
Para autorizar la salida de una mascota, el propietario debe consultar previamente los requisitos sanitarios del país de destino, ya que cada nación establece sus propias regulaciones. Este paso es fundamental para evitar inconvenientes en aeropuertos o fronteras.
El trámite inicia con una valoración clínica realizada por un médico veterinario privado autorizado, quien verificará el cumplimiento de los requisitos y emitirá el certificado de exportación. Dicho documento debe ser presentado ante un médico veterinario oficial de SENASA, quien revisará y confirmará que se cumplan las disposiciones sanitarias antes de autorizar la salida del país.
En el caso de viajes hacia Panamá, el certificado de exportación debe presentarse en la oficina central de SENASA para su revisión, firma y posterior apostillado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Si el país de destino exige un modelo adicional de certificado, el usuario deberá gestionar ambos documentos, trámite que se realiza en el Departamento de Cuarentena Animal.
Asimismo, SENASA recuerda que los propietarios deben presentar la cartilla de vacunas, cancelar el monto correspondiente según el decreto tarifario, código C.16, y tomar en cuenta que las aerolíneas y empresas de transporte pueden establecer requisitos adicionales, independientes de la normativa sanitaria.
Requisitos para el ingreso de mascotas a Costa Rica
SENASA detalló que los perros y gatos que ingresen al país deben someterse a un examen clínico realizado por un médico veterinario en el país de origen, dentro de las dos semanas previas al viaje.
Además, deben portar un Certificado Sanitario Oficial, emitido por la autoridad competente del país de procedencia, en el que se indique el cumplimiento de los requisitos sanitarios según la especie.
Entre los requisitos obligatorios se incluyen:
- Identificación mediante microchip, cuyo número debe constar en el certificado.
- Vacunación antirrábica vigente para mascotas mayores de tres meses.
- En perros: vacunas contra distemper, hepatitis, parvovirus, leptospirosis y rabia.
- En gatos: vacunas contra rinotraqueitis felina, calicivirus, panleucopenia felina y rabia.
El certificado sanitario debe incluir la fecha de aplicación de las vacunas, marca comercial, número de lote y fecha de vigencia, las cuales deben estar válidas al momento del ingreso al país.
También es obligatorio que las mascotas estén desparasitadas interna y externamente dentro de los 15 días previos a su llegada, indicando igualmente marca comercial, número de lote y fecha de validez del tratamiento.
En el caso de perros y gatos procedentes de países que exijan la titulación de anticuerpos contra la rabia y que posteriormente regresen a su país de origen, el propietario debe portar dicho documento para el trámite de exportación.
Mascotas declaradas como carga
Cuando una mascota ingrese al país declarada como carga, además de cumplir con los requisitos sanitarios, el propietario debe gestionar un permiso previo de importación a través de una agencia aduanal.
SENASA advirtió que el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos provocará la denegación del ingreso, y la mascota será devuelta al país de origen como medida sanitaria.
Finalmente, la institución reiteró la importancia de realizar los trámites con suficiente antelación, para garantizar un traslado seguro y el bienestar de los animales.





