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¿Qué debe hacer si quiere votar el domingo y tiene que trabajar?

by David Perez

Legislación establece una serie de derechos para los trabajadores que quieran ejercer su derecho al voto.

¿Desea ir a votar en las elecciones municipales este domingo pero tiene que trabajar durante el horario en el que están abiertas las urnas? 

En Noticias Columbia conversamos con la abogada especialista en Derecho Laboral de EY Law, Melany Pérez, sobre los derechos que tienen los trabajadores que piensen participar de estos comicios locales.

Según la experta, la propia legislación nacional protege este derecho y exige a los patronos brindar un espacio para ejercer el derecho al voto.

“Nuestra legislación establece, específicamente en el artículo 69 del Código de Trabajo, que los patronos tienen la obligación de otorgar a sus trabajadores un permiso con goce de salario para que puedan ejercer el derecho al voto en las elecciones nacionales o municipales, es este caso. Los trabajadores tendrían derecho a que su patrono les permita acudir a las urnas. En este caso, el permiso no cubre la totalidad de la jornada laboral, sino únicamente el tiempo necesario y razonable para que estos puedan acudir a su centro de votación, ejerzan el derecho al voto y se reincorporen a sus funciones”, explicó Pérez.

Eso sí, es importante que exista una adecuada coordinación para definir el tiempo según el caso particular de cada uno de los trabajadores que deseen ejercer el sufragio el próximo domingo.

“La legislación no establece un procedimiento específico para estos efectos, por lo que eso dependerá de si dentro de la empresa existen ya procedimientos internos establecidos para la solicitud de permisos, ya sea con goce de salario o sin goce de salario. Muchas empresas ya tienen sus políticas y sus procedimientos. En caso de que la empresa ya exista un proceso establecido para que los trabajadores realicen la solicitud del permiso, pues tendrían que utilizar estas vías. En caso de que no tengan un protocolo interno, lo más recomendable es que cada trabajador comunique con antelación a su patrono que desean ejercer este derecho al voto para que puedan coordinar cuál será el momento en que puedan acudir, sin que esto afecte el desempeño de las labores”, señaló Pérez.

Finalmente, la abogada de EY Law explicó que existen una serie de sanciones que pueden ser aplicadas a aquellos patronos que no permitan a sus colaboradores asistir a las urnas.

“Nuestro Código Electoral establece la posibilidad de multas de 2 a 5 salarios base en caso de que los patronos obstaculicen el derecho al sufragio de sus trabajadores. Esta obstaculización se observa en el hecho de que no otorgue el permiso para ir a las urnas. Actualmente, el salario base para este tipo de multas es de 462.200 colones, por lo que las sanciones podrían ir entre los 924.400 colones a los 2.311.000 colones, en caso de obstaculizar el derecho de los trabajadores a ejercer el derecho al sufragio”, agregó la especialista.

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