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¿Pueden los empleadores solicitar el retorno a las oficinas de los trabajadores que están en teletrabajo?

Jenny Sanchez - 23 de septiembre de 2024
¿Pueden los empleadores solicitar el retorno a las oficinas de los trabajadores que están en teletrabajo?

Recientemente, una reconocida empresa internacional comunicó la decisión de que, a partir del 2025, sus trabajadores deberán volver a la oficina. 

Desde la pandemia por COVID-19 el teletrabajo, es decir, laborar desde la casa sin necesidad de ir a las instalaciones de la empresa, se convirtió en una constante, pese a que nuestro país emitió una ley especial desde octubre del 2019.

Si una persona fue contratada desde el inicio bajo la modalidad de teletrabajo, ¿se puede modificar esta condición?

Según el abogado de BDS Asesores, Francisco Salas, el teletrabajo es un acuerdo entre las partes (patrono y trabajador), por lo que no puede imponerse.

Hay dos tipos de teletrabajo: el que se establece desde el inicio como única alternativa, y el que se establece de manera híbrida.

“En la primera, a ese trabajador no le puede el patrono unilateralmente decir que regrese porque desde un inicio le dio esa única alternativa. En el segundo, se reserva el derecho de regresar a la oficina; cuando el patrón no hace esa aclaración a nivel de contrato o a nivel de política entonces sí puede hacer cambios, ya sea reduciendo o ampliando el número de días de teletrabajo o eliminándolo del todo, el único requisito que pide la ley es un aviso de 10 días naturales”, comentó.

En otros casos, el contrato no contemplaba la modalidad de teletrabajo, pero la pandemia obligó a que ciertos patronos enviaran a sus trabajadores a laborar a sus casas.

Pese a que no se incluyó de manera formal en el contrato, la modalidad resultó ser útil y se mantuvo para algunos trabajos, ¿qué pasa en esos escenarios?

“Lo que existe ahí es un acuerdo de voluntades, en algunos casos vamos a estar sobre una línea gris sobre especialmente gente que fue contratada en la pandemia a un 100% de teletrabajo, terminó la pandemia y seguía un 100% teletrabajo y ahora me quieren devolver, habría que analizar caso por caso qué es lo que se ha dicho, si se firmó algo, si hay algún tipo de acuerdo para determinar si el patrono perdió o no perdió esa posibilidad que tiene de traer al trabajador de vuelta al trabajo presencial”, aclaró.

Otro de los escenarios es cuando el teletrabajo fue acordado mediante palabra. Según el especialista, aunque siempre es mejor procurar que todo quede en el papel, el acuerdo verbal puede ser beneficioso para el trabajador.

“Podrían algunos patronos encontrarse en una línea gris que les podría hacer más difícil devolver a las personas a la oficina, si no pueden demostrar -porque la carga de la prueba siempre va a estar del lado del patrono- de alguna forma que desde el inicio se le indicó sobre esa posibilidad de regresar, y no que la modalidad de teletrabajo era al 100%; ahora, quienes tienen un sistema híbrido yo creo que sí los cubre la posibilidad de hacer cambios”, expresó.

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