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No hay vuelta de hoja: Decisión del TSE sobre alcalde de San Carlos es definitiva y no admite recursos

Alejandro Arley - 15 de julio de 2022
No hay vuelta de hoja: Decisión del TSE sobre alcalde de San Carlos es definitiva y no admite recursos

El Tribunal Supremo de Elecciones canceló las credenciales del alcalde de San Carlos, Alfredo Córdoba, debido a que quedó en firme una sentencia judicial en su contra que lo inhabilitó para el ejercicio de cargos públicos.

En noviembre del 2019, Alfredo Córdoba Soro fue sentenciado por el delito de nombramiento ilegal en perjuicio de los deberes de la función pública. Debido a esto se le impuso la inhabilitación por seis meses para ejercer cargos públicos.

El alcalde apeló la sentencia pero tras un extenso proceso, que incluyó el paso por la Sala III, la decisión quedó en firme.
Ante esta situación, la vicealcaldesa, Karol Salas, solicitó el 17 de mayo pasado la cancelación de las credenciales de Córdoba.

El proceso finalizó este jueves según confirmó a Noticias Columbia, Andrei Cambronero, letrado del Tribunal Supremo de Elecciones.

«El Tribunal Supremo de Elecciones el día de ayer (jueves) emite una resolución en un proceso de cancelación de credenciales instado por la señora Karol Salas Vargas, vicealcaldesa primera de San Carlos, en el cual solicitaba el retiro de la credencial del señor alcalde por la causal prevista en el artículo 18, inciso c del Código Municipal que, en esencia, señala que será causal de remoción del funcionario si cuenta con una sentencia judicial firme de inhabilitación para ejercer cargos públicos», dijo.

En lugar de Córdoba y hasta el final del período en el 2024, asumirá Salas como alcaldesa.

Cambronero explicó que, a pesar de que Córdoba fue suspendido judicialmente por seis meses, basta con que exista la firmeza de la sanción, sin importar el plazo, para que un alcalde pierda su credencial y no pueda ejercer más al frente de la Municipalidad.

«En su razonamiento, el Tribunal expone que pese a que la inhabilitación es por seis meses, ese lapso no es relevante porque la norma no establece un período mínimo que deba tener la inhabilitación para que configure la causal de cancelación. Basta que haya una sentencia firme de inhabilitación, independientemente de su duración para que se configure la causal de cancelación. Esa es la posición de la mayoría del Tribunal para exponer entonces la remoción de don Alfredo Córdoba, alcalde de San Carlos, y en su lugar designar a doña Karol Salas Vargas, por lo que resta del período legal«, añadió Cambronero.

Antes de esta decisión, Alfredo Córdoba estuvo suspendido del puesto por seis meses debido a que es imputado en el llamado caso Diamante, en el que se investigan supuestos beneficios para la empresa constructora MECO a cambio de favores de diversa índole.

El exalcalde sancarleño rechazó todos los cargos y tras una modificación en las medidas cautelares, volvió a la Municipalidad el 24 de mayo.

El artículo 103 de la Constitución Política establece que las decisiones y sentencias del Tribunal Supremo de Elecciones en materia electoral no tienen recurso alguno, por ello, la decisión sobre Córdoba es definitiva.

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