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Mauricio Batalla acudirá en los próximos días a la Fiscalía para retirar sus pasaportes

Katherina Bonilla - 4 de noviembre de 2025
Mauricio Batalla acudirá en los próximos días a la Fiscalía para retirar sus pasaportes

El tribunal declaró con lugar un recurso de hábeas corpus al considerar que la retención de los documentos restringía de manera arbitraria el derecho de libre tránsito del exministro.

La Sala Constitucional ordenó a la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción devolver de inmediato los pasaportes del exdirector ejecutivo del Consejo Nacional de Vialidad y exministro del MOPT, Mauricio Batalla, luego de declarar con lugar un recurso de hábeas corpus interpuesto a su favor.

El tribunal determinó que la Fiscalía no contaba con autorización judicial para mantener retenidos los documentos y que esa acción restringía de manera arbitraria el derecho de libre tránsito del exfuncionario. En su resolución, la Sala recordó que solo un juez puede imponer medidas cautelares que limiten derechos fundamentales, como la salida del país.

La abogada Alejandra Peña, experta en derecho corporativo, explicó que el hábeas corpus es un mecanismo de protección regulado en el artículo 48 de la Constitución Política y en el artículo 15 de la Ley de Jurisdicción Constitucional.

“Básicamente, procede cuando se afecta la libertad personal o el derecho constitucional de libre tránsito, es decir, si una autoridad limita ilegítimamente la posibilidad de ingresar, salir del país o circular libremente”, señaló Peña.

La especialista agregó que la ley ampara este recurso frente a restricciones arbitrarias al movimiento, incluidas acciones que limiten el uso de documentos necesarios para ejercer ese derecho, como el pasaporte.

“La Sala Constitucional, en este voto, reitera que la retención de un pasaporte sin contar con una medida cautelar judicial constituye una actuación arbitraria. Aunque existan investigaciones penales en curso, ni la Fiscalía ni ninguna autoridad puede retener el documento sin una orden expresa y motivada de un juez”, explicó.

Peña añadió que hacerlo sin esa orden podría significar imponer un impedimento de salida de manera encubierta, sin el debido proceso, aun cuando se argumente que el pasaporte se requiere como elemento probatorio.

“El hábeas corpus es el mecanismo idóneo para reclamar la restitución del documento y proteger tanto la libertad de tránsito como la integridad personal”, concluyó.

El caso se relaciona con una investigación penal por presuntos delitos de influencia contra la Hacienda Pública, vinculada con los trabajos de rehabilitación de la pista del Aeropuerto Daniel Oduber Quirós, en Liberia.

Por su parte, el abogado Federico Campos indicó vía mensaje de texto que, tras la resolución de la Sala IV, Batalla deberá presentarse en la Fiscalía para retirar sus pasaportes.

“Con la resolución en mano tiene que presentarse a la Fiscalía a recogerlos, y ellos están en la obligación de entregárselos”, aseguró Campos.

Además, por la misma vía, Mauricio Batalla señaló que entre este martes y jueves acudirá a la Fiscalía para retirar sus documentos.

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