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Julio Castilla no puede ser candidato presidencial

by Alfonso Hernandez

Pese a que Pilar Cisneros afirmó en el programa «Por Tres Razones» que el nombre le encantaba incluso donde mostró más gusto que los otros dos mencionados, el hecho de ser costarricense por naturalización le impediría aspirar al máximo cargo público que existe en Costa Rica

Entre los tres nombres que se le mencionaron a la diputada Pilar Cisneros el pasado viernes como eventuales alternativas para la nominación del oficialismo a la carrera presidencial de febrero del 2026, el nombre de Julio Castilla quedará fuera de concurso.

Castilla Pélaez de 65 años, quién fuera presidente de la Cámara de Comercio en el periodo 2020-2024 figura en el Registro Civil de Costa Rica como costarricense por naturalización, pues según conoció Noticias Columbia es de origen cubano igual que sus progenitores.

De acuerdo con el artículo 131 de la Constitución Política, el primero de los requisitos para que una persona aspire y ocupe la silla presidencial es ser costarricense por nacimiento, es decir la naturalización es un aspecto que lo deja fuera de las posibilidades.

Eventualmente acá se cuestionaría cómo entonces primero Ascensión Esquivel Ibarra (1902-1906) y Rafael Ángel Calderón Fournier (1990-1994) después pudieron acceder a la Presidencia si ambos nacieron en Nicaragua.

Acá es donde el especialista en derecho constitucional, Luis Felipe Rodríguez entra el segundo aspecto para la consideración del costarricense por nacimiento.

«Entra el criterio ya no del territorio, sino digamos, el de la sangre, por así decirlo. La Constitución nos dice que el hijo de padre o madre costarricense por nacimiento, que nazca en el extranjero y que se inscriba como tal en el Registro Civil por la voluntad del progenitor costarricense mientras sea menor de edad o por la propia hasta cumplir 25 años, también se consideran costarricenses por nacimiento», explicó el especialista.

Aunque la Constitución Política desde 1949 en varios de sus apartados, artículos y capítulos recibió interpretaciones a lo largo de la historia, y mediante un recurso de amparo los interesados en postular a Castilla podrían intentar cambiar ese aspecto, Rodríguez lo ve poco viable.

«La Constitución en ese sentido es muy clara Si bien toda norma puede estar sujeta a interpretación, lo cierto del caso es que la interpretación como cualquier otra actividad jurisdiccional está sujeta a límites. Y uno de esos límites es la literalidad del texto constitucional, es decir, usted no puede digamos violentar y acatar la Constitución al mismo tiempo. En ese sentido, la Constitución sí establece una limitación clara en el artículo 131; para la Constitución le es indistinto si una persona estuvo aquí toda la vida y desarrolló toda su vida y su familia aquí porque, digamos, no son elementos que la Constitución establezca para efecto de de distinguir la naturalización. En otras palabras, aunque hay costarricenses que lo son para todos los efectos sean por nacimiento o naturalización; el propio texto discrimina que para el ejercicio de la Presidencia hay una diferencia indivisible», finalizó la explicación del experto.

Fuentes confidenciales y de alta fiabilidad de Noticias Columbia indicaron que los planes con Castilla iban justamente en la línea de lo manifestado respecto de las intenciones con la carrera presidencial.

Noticias Columbia intentó por varias vías localizar a Castilla para conocer sus pareceres tanto sobre las palabras de la diputada Cisneros, y como por su eventual interés en un proyecto político, sin embargo no fue posible obtener sus pareceres.

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