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¿Fernán Faerron agredió a Joaquín Hernández? Tribunal revisó vídeo que presentó ADG

El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol recibió una solicitud de análisis de vídeo por parte de Guanacastecala para que se sancionase al jugador Fernán Faerrón del Club Sport Herediano.

by Redacción Columbia Deportiva

El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol recibió una solicitud de análisis de vídeo por parte de Guanacastecala para que se sancionase al jugador Fernán Faerrón del Club Sport Herediano.

Los pamperos adujeron una supuesta agresión sobre el jugador mexicano Joaquín Alonso Hernández.

El club nicoyano adjuntó el extracto oficial del vídeo de la televisora.

“Sobre este tema, y tras el análisis exhaustivo de la prueba videográfica aportada por la ADG, este Tribunal es del criterio unánime de que tanto el árbitro central como el cuarto árbitro tuvieron plena visibilidad de la acción, la cual apreciaron y tomaron la decisión de no sancionar falta, además la jugada se da en aras de una disputa del balón, por lo que no encaja en los supuestos para proceder con sanción de vídeo. Este Tribunal hace ver, como lo ha hecho en reiterados pronunciamientos, que el Tribunal no es una segunda instancia de arbitraje, por lo tanto, no le corresponde interpretar las decisiones tomadas por el cuerpo arbitral”, consignó el Disciplinario.

El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol acordó las siguientes sanciones luego de la cuarta fecha del Campeonato de Primera División:

M. Pérez Zeledón
-Al jugador Lucas Meza: 3 partidos de suspensión y una multa de 131.250 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 3 y 4 del Reglamento Disciplinario, por ser culpable de conducta violenta al darle un cabezazo a un adversario y configurarse la agravante de no estar en disputa el balón.

LD Alajuelense
-Al jugador Yael López Fuentes: 2 partidos de suspensión y una multa de 105.000 colones de conformidad con el artículo 37 inciso 3, por ser culpable de juego brusco grave al golpear a un adversario, estando en disputa el balón.

-Se comprueba mediante el informe de Comisario que en el partido Pérez Zeledón-Alajuelense hubo invasión por parte de un aficionado del club visita y que la seguridad actuó oportunamente, cumpliendo con el plan de seguridad, por lo que se exonera al Municipal Pérez Zeledón de multa de conformidad con el artículo 73 inciso 5. Por su parte, se sanciona a Liga Deportiva Alajuelense con una multa de 157.000 colones de conformidad con ese mismo numeral, por la invasión de cancha de uno de sus aficionados

AD Guanacasteca
-Al jugador Yeison Molina Ruiz: 1 partido de suspensión y una multa de 78.750 colones de conformidad con el artículo 34, por acumular dos tarjetas amarillas en un mismo partido.

-Al club: una multa de 105.000 colones de conformidad con el artículo 41 inciso 1, por incurrir en conducta incorrecta por primera ocasión en la temporada (cinco o más tarjetas en un mismo encuentro).

CS Herediano
-Al club: una multa de 525.000 colones de conformidad con el artículo 61 inciso 1, por incumplir con lo establecido en el Reglamento de Medios en cuanto a la puntualidad de la conferencia de prensa post partido.

Puntarenas FC
-Al club: una multa de 210.000 colones y el apercibimiento de veto de uso de estadio para el próximo partido en caso de ser reincidente, por permitir el ingreso de objetos no permitidos de conformidad con lo establecido en el artículo 55 inciso 2 punto i) (bombas de humo).

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