El próximo martes 15 de marzo será el último día para liquidar y pagar, sin recargo, el impuesto sobre la renta del período 2021.
Toda persona física o jurídica, pública o privada, con actividades o negocios en el territorio nacional, entre el primero de enero y el 31 de diciembre de 2021, tiene esta obligación.
Lo explica el director general de A&B Advisory, Alex Barboza.
Quienes no hayan tenido ingresos, igual tienen la responsabilidad de hacer la declaración ante Tributación, en el formulario D-101, disponible en el sitio del Ministerio Hacienda www.hacienda.go.cr , sección “Servicios más utilizados”, ícono Administración Tributaria Virtual (ATV).
Los declarantes deben recordar que solo puede reportar gastos relacionados a su actividad económica.
Quienes incumplan con la presentación de esta declaración y con el pago del impuesto se exponen a una sanción de ¢231.100 por la presentación tardía, más los intereses por los días de atraso en el pago del impuesto y una sanción por mora, que corresponde al 1% por mes o fracción de mes, calculado sobre el monto dejado de pagar dentro del plazo.
Las personas con actividad lucrativa que durante este mismo período recibieron ingresos por concepto de salarios, jubilación o pensión, deberán anotar el monto exento acumulado por esos rubros, en la casilla 46 bis del formulario.