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“El caso de Marcel Hernández se cierra para siempre”, dice su abogado

by Alejandro Arley

Una decisión de la Sala III dejó en firme la sentencia del 2022 que absolvió al futbolista de las acusaciones de delitos sexuales en perjuicio de una joven.

Los magistrados declararon “inadmisible” el recurso de casación presentado por el Ministerio Público y con esta resolución concluye la historia de este caso en la vía judicial.

El defensor del deportista, Raymundo Pérez, aseguró que Marcel Hernández está muy feliz con lo ocurrido.

“Absolutamente contento, lleno de gozo. Teníamos mucha fe de que iba a ser así, porque ya habíamos diagnosticado, leyendo el recurso, que probablemente lo iban a rechazar ad portas (sin entrar a revisarlo), aun así siempre existe un pequeño resquicio de que alguien con un criterio distinto quiera por lo menos darle atención al fondo”, dijo.

“Justamente con esta resolución…  (hace ) que aquella sentencia de hace un año, adquiera firmeza y se consolide, produciendo algo que se llama cosas juzgada material… el caso de Marcel, por los delitos que le acusaron alguna vez, lo que implica que jamás se pueden abrir o discutir esos hechos. Ya el caso de Marcel se cierra para siempre”, añadió.

Por este asunto, ni la denunciante ni su familia plantearon reclamos económicos o pedidos de indeminización contra Hernández. El caso se tramitó solo en la vía penal.

Resumen de un largo proceso

El 4 de octubre del 2018, Marcel Hernández fue detenido como sospechoso de tres presuntos delitos de violación en perjuicio de una joven que tenía 16 años al momento de los hechos.

Al día siguiente, fue liberado y comenzó así un extenso proceso judicial que culminó con la ratificación de su absolutoria.

Marcel enfrentó audiencias para determinar si el asunto se iba a elevar o no a juicio.

En el 2020, se dictó un sobreseimiento a favor del futbolista, es decir, el Juzgado Penal de Cartago no encontró elementos suficientes para llevarlo a juicio. Sin embargo, la Fiscalía apeló y esa decisión fue revertida.

En diciembre de ese año, se dictó nuevamente el sobreseimiento, pero, en enero del 2021, prosperó una nueva apelación de Fiscalía y se declaró “ineficaz” la resolución del Juzgado.  

Seis meses después, finalmente se resolvió que el asunto debía ir a juicio. El debate comenzó el 27 de enero del 2022 en los Tribunales de Cartago.

En el proceso, la Fiscalía presentó dos acusaciones; una principal por cuatro delitos de violación y otra subsidiaria por el delito de relaciones sexuales con persona menor de edad, conocido como “relaciones impropias”.

Bajo este panorama, se exponía a los jueces dos posibles escenarios sobre lo ocurrido, con distinta calificación legal y penas.

En uno, se señalaba a Hernández por haber agredido sexualmente a la joven. En el otro, se le atribuía mantener relaciones consensuadas con una persona menor de 18 años, circunstancia que también es penada por ley.  

Durante la etapa de conclusiones, la Fiscalía se inclinó por una de las dos tesis. Consideró que los hechos no configuran los delitos de violación y pidió una condena por relaciones impropias.

El 7 de febrero del 2022, un Tribunal de Cartago absolvió al futbolista debido a las dudas que había en el caso y por las que dejó el testimonio de la denunciante.  

La Fiscalía impugnó la decisión de los jueces pero su recurso fue rechazado el 9 de agosto del 2022 por el Tribunal de Apelación.

Como última instancia, el Ministerio Público llevó el asunto a la Sala III o de Casación Penal. Sin embargo, su recurso no fue admitido y con esto, la absolutoria de Marcel quedó en firme.

“En el caso del expediente 18-002837-0345-PE, la Sala III  por resolución de fecha 7 de diciembre del 2022 declaró inadmisible el recurso de casación presentado por el Ministerio Público, no es un ‘sin lugar'”, informó la oficina de prensa del Poder Judicial.

“Cosa juzgada”

El abogado de Marcel, Raymundo Pérez, explicó que el recurso de casación o el procedimiento de revisión son extraordinarios  y están llenos de requisitos.

“Si usted no cumple uno solo se lo rechazan ad portas, es decir, no logra superar ni siquiera la etapa de admisibilidad”, agregó.

“Las únicas razones por las que usted puede discutir algo en Casación, es que se trate de asuntos que no se hayan discutido nunca en ninguna otra instancia, en especial en apelación. Entonces, el reclamo (de la Fiscalía) que tiene que ver con que no se haya podido condenar (a Marcel) por la acusación subsidiaria (relaciones impropias), fue un tema que se discutió en todas las instancias; de modo que las posibilidades de que prosperara la casación, desde siempre, fueron mínimas”, recalcó.

Por eso, la resolución de la Sala III hace que la sentencia de febrero del 2022, adquiera firmeza, se consolide y se considere como cosa juzgada material.

“Entonces la noticia se recibe no como una sorpresa sino como una confirmación de lo que habíamos anticipado técnicamente que iba a pasar”, finalizó.

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