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Documento marca la cancha a defensa de «Macho Coca» con respecto al manejo de pruebas en EE.UU.

Alejandro Arley - 1 de octubre de 2026
Documento marca la cancha a defensa de «Macho Coca» con respecto al manejo de pruebas en EE.UU.

El abogado defensor del costarricense dio su consentimiento a la propuesta de la Fiscalía. El texto, que regula hasta el uso de la IA, posteriormente fue aprobado por un juez.

El 29 de septiembre de 2026, el juez federal Dale E. Ho aprobó y firmó una «orden de protección» que establece restricciones para el manejo y divulgación de las pruebas entregadas por la Fiscalía a la defensa de Gilbert Bell Fernández, alias “Macho Coca”.

El empresario limonense fue extraditado el 13 de agosto del 2026 a Nueva York, lugar donde era requerido por autoridades judiciales del Distrito Sur por presuntos delitos relacionados con tráfico internacional de drogas.

El documento establece que el Gobierno proporcionará al acusado documentos, objetos e información, incluida la almacenada electrónicamente que será denominada como «material de divulgación».

Por su naturaleza, puede incluir contenido que:

-Afecte la privacidad y confidencialidad de las personas.

-Puede obstaculizar, si se divulga de manerta prematura, la investigación en curso del Gobierno sobre personas que aún no han sido acusadas.

-Implique un riesgo de publicidad, previa al juicio, perjudicial si se divulga de forma anticipada.

-No esté autorizado para ser divulgado al público ni para ser divulgado más allá de lo necesario para la defensa en el proceso penal.

A esto se suma el hecho de que puede representar un riesgo particular para la privacidad o seguridad de víctimas o testigos, o para la confidencialidad de investigaciones en curso.

Más lineamientos

El material no podrá ser divulgado por el acusado ni por el abogado de la defensa (Kristoff Williams), incluido cualquier profesional en Derecho que posteriormente asuma la representación legal, salvo en los casos establecidos en la orden.

Deberá ser utilizado por la representación legal exclusivamente para efectos de la defensa de este proceso.

La defensa no podrá publicar ningún «Material de Divulgación» o las pruebas que se le entreguen en ningún sitio de Internet o sitio de red, incluidos sitios de redes sociales, al que tengan acceso personas distintas de las partes de este proceso, ni podrá divulgarlo a los medios de comunicación.

El documento establece que hay otro tipo de información que es de uso exclusivo del abogado del costarricense. La información deberá ser conservada de manera segura y protegida por él o por cualquier miembro del personal cuya conducta esté bajo la responsabilidad del defensor.

El material no podrá estar en posesión del acusado, salvo en presencia de su abogado o de alguna persona que esté bajo la responsabilidad de este.

Imagen creada con IA para fines ilustrativos.

Restricciones para uso de IA

El texto firmado por el juez Dale E. Ho define como herramienta de Inteligencia Artificial (IA) cualquier sistema que utilice aprendizaje automatizado (machine learning) o técnicas similares para procesar datos de entrada y generar resultados, recomendaciones o predicciones, incluidos, entre otros:

-Los modelos de lenguaje de gran escala (Large language models), los servicios de IA generativa o las herramientas de software asistidas por IA, ya sean basadas en la nube o de otro tipo.

El equipo de la defensa no podrá introducir el denominado ‘Material de Divulgación’ en una versión de una herramienta de IA que sea públicamente accesible (por ejemplo, ChatGPT, Claude, Grok, Gemini, Copilot, Perplexity, Midjourney o Canva).

El equipo de la defensa tampoco podrá hacerlo en una herramienta de IA cuyo proveedor o desarrollador (por ejemplo, OpenAI, Anthropic, Microsoft o Google):

-Utilice los datos introducidos para su propio entrenamiento de modelos;

-permita que los datos introducidos sean accesibles públicamente;

-divulgue los datos introducidos a terceros; o

-salvo en los casos especificados a continuación, conserve los datos introducidos.

La defensa sí podrá introducir la información suministrada en una herramienta de IA que:

-Mantenga la confidencialidad del Material de Divulgación.

-No lo exponga a terceros que no estén autorizados conforme a la orden de protección para recibir dicho material.

-No conserve ni utilice ningún Material de Divulgación para el entrenamiento de modelos.

-Elimine todo el Material de Divulgación de la(s) herramienta(s) de IA al concluir este proceso.

El abogado penalista, Sergio Herra, analista de temas judiciales, explicó que el documento es de índole «administrativo», parte normal del proceso pero con apuntes muy interesantes con respecto al uso de la tecnología.

La orden del juez, con la cual estuvieron de acuerdo las partes, no impide la divulgación de material durante cualquier audiencia o juicio que se celebre en este proceso, ni ante ningún juez o juez magistrado, para efectos de este proceso.

La defensa deberá proporcionar una copia de la orden a los testigos potenciales y a las personas contratadas por los abogados a quienes la defensa haya puesto en conocimiento el Material de Divulgación. Todas esas personas estarán sujetas a los términos del documento.

Los abogados de la defensa deberán mantener un registro de qué información ha sido divulgada y a cuáles personas.

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