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Disciplinario rechazó apelación de Alajuelense

by Redacción Columbia Deportiva

El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol dio a conocer las sanciones que deberán purgar varios jugadores y clubes tras disputarse la octava fecha del Campeonato Nacional de la Primera División.

Liga Deportiva Alajuelense:

-El tribunal analizó, en sesión de este lunes 11 de setiembre, el recurso presentado por la Liga Deportiva Alajuelense y luego de un análisis exhaustivo, el Tribunal consideró que la aplicación de la sanción corresponde a lo que determina el Reglamento Disciplinario y que el artículo 47 inciso C apartado I es correcto en su aplicación, por lo que el Tribunal no considera de recibo las argumentaciones que señala la Liga Deportiva Alajuelense en su recurso.
En igual sentido se rechaza el recurso de apelación por no ajustarse a los artículos 89 y 90 del reglamento disciplinario.

Así las cosas LDA – Cartaginés se juega este miércoles a las 8.30 a puertas cerradas en el Morera Soto.

“Alajuelense deberá pagar una multa de 1.050.000°° colones y fue sancionado con jugar a puerta cerrada el próximo partido que dispute de local en el campeonato nacional (frente al Club Sport Cartaginés). Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, debido a que se dieron dos acontecimientos discriminatorios y racistas en el estadio Alejandro Morera Soto”, informó el tribunal la semana pasada.


Club Sport Cartaginés:

-Sancionar al jugador Diego Mesen Calvo con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo encuentro.

-Al club con una multa de 105.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 74 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por los insultos proferidos por su afición al jugador Luis Ronaldo Araya del Club Sport Herediano.

Club Sport Herediano:
Al jugador Kennedy Rocha Pereira con dos partidos de suspensión y una multa de 157.500°° colones de conformidad con lo siguiente: a) 1 partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo encuentro y b) un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 31 del mismo reglamento, por rehusarse a acatar de manera inmediata la expulsión, retardando la reanudación del encuentro.

Asociación Deportiva Guanacasteca:
-Sancionar al jugador Randy Vega Gutiérrez con dos partidos de suspensión y una multa de 105.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 37 inciso 3 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por ser responsable de juego brusco grave, al realizar una entrada con uso de fuerza excesiva en contra de un adversario.

-Al estadígrafo Leonardo Adams Aguilera con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por recibir dos tarjetas amarillas en un mismo encuentro.

-Al fisioterapeuta David Grijalba Guadamuz con tres partidos de suspensión y una multa de 183.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 38 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por utilizar lenguaje ofensivo en contra de los árbitros del encuentro.

-Al masajista Diego Guido Guido con tres partidos de suspensión y una multa de 183.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 38 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por comportarse de manera agresiva e intimidante en contra de un oficial del Municipal Pérez Zeledón.

-Al club guanacasteco con una multa de 105.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 1 del Reglamento Disciplinario, por incurrir en conducta incorrecta por primera ocasión en la temporada (cinco o más tarjetas en un partido).

Municipal Pérez Zeledón:
-Sancionar al utilero Raygeans Benneth Vásquez con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 36 inciso 5 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, ser responsable de lanzar un balón al terreno de juego.

-Al estadígrafo Michael Leitón Masis con tres partidos de suspensión y una multa de 183.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 38 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por comportarse de manera agresiva e intimidante en contra de un oficial de la AD Guanacasteca.

-Al club con una multa de 105.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 1 del Reglamento Disciplinario, por incurrir en conducta incorrecta por primera ocasión en la temporada (cinco o más tarjetas en un partido).

Asociación Deportiva San Carlos:
-Sancionar al club sancarleño con una multa de 157.000°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 73 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, al ser la segunda ocasión que se da invasión pacífica sin alterar el desarrollo normal del encuentro.

Puntarenas Fútbol Club:
-Al jugador Andrey Mora Matarrita con un partido de suspensión y una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por acumular cinco tarjetas amarillas.

Municipal Grecia:
-Al club con una multa de 78.750°° colones de conformidad con lo establecido en el artículo 32 inciso 1 del Reglamento Disciplinario del Fútbol de la Primera División, por retardar por segunda ocasión en la temporada el inicio del encuentro.

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