Declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo y dispone intensificar medidas contra la minería ilega y dar atención de problemas como el suministro de agua potable.
El recurrente alegó ante la Sala Constitucional que hay «omisiones sistemáticas y reiteradas de las autoridades recurridas frente a la minería ilegal en Crucitas», en el distrito de Cutris de San Carlos.
Alega que las instituciones involucradas «han incumplido sus deberes constitucionales y legales de protección de los derechos fundamentales a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, a la salud, a la seguridad pública y al acceso al agua potable».
En la sentencia 2026-10560, los magistrados declararon parcialmente con lugar el recurso de amparo y ordenaron lo siguiente:
Al ministro de Seguridad:
-Mantener de modo permanente e indefinido la presencia policial.
-Reforzar el control migratorio en los puntos fronterizos requeridos para impedir el ingreso ilegal de personas.
-Mantener el control y vigilancia con la finalidad de evitar que continúe la actividad de minería ilegal de cualquier tipo en esta región.
-Adoptar las medidas pertinentes dentro del marco de sus competencias para contar con el presupuesto y el recurso humano necesario para el desarrollo eficiente y efectivo de las actividades de vigilancia, prevención, seguimiento y control en la zona de Crucitas.
-Coordinar medidas y acciones con otras instituciones involucradas en el tema.
Al presidente ejecutivo del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados:
-Continuar con el suministro de agua potable a las poblaciones afectadas mientras permanezca el riesgo latente de contaminación por la minería ilegal en la zona de Crucitas.
-Adoptar las medidas necesarias a fin de que, en el plazo de 18 meses contado a partir de la notificación de esta sentencia, concluya el “Proyecto Integral de Abastecimiento de Agua Potable para las comunidades de Llano Verde, Crucitas, Jocote, Chorreras, El Roble y Chamorro”.
-Continuar con las labores de coordinación interinstitucional con el Ministerio de Salud y con las demás instituciones que se requieran para atender la problemática de la contaminación de agua potable y la obligación de suministrar agua potable en la zona de Crucitas, en lo que a su ámbito de competencia se refiere.
A la ministra de Salud:
-Continuar con el control y seguimiento en lo que a su ámbito de acción corresponde.
-Mantener su participación activa en la “Comisión Interinstitucional para atender de forma integral las necesidades ambientales, sociales, de salud y seguridad en la zona de Crucitas-indicada en su informe-, en lo que a su ámbito de acción atañe a fin de dar una solución definitiva al problema denunciado.
Al ministro de Ambiente y Energía:
-Que proceda de manera inmediata a adoptar las medidas pertinentes para que dentro del improrrogable plazo de 3 meses contado a partir de la notificación de esta sentencia, le remitan a la Sala un plan detallado de las acciones que va a emprender cada una de las instituciones que integren la “Comisión Interinstitucional para atender de forma integral las necesidades ambientales, sociales, de salud y seguridad en la zona de Crucitas”, con indicación y cronogramas claros de las medidas por adoptar para proteger los recursos ambientales en la zona de Crucitas afectados por la minería ilegal, así como de las acciones de restauración, saneamiento y mitigación por desarrollar.
-Deberá verificar que cada órgano integrante de esa comisión determine, de acuerdo con sus propias competencias legales, las acciones individuales que obligatoriamente les corresponde ejecutar, dentro de un PLAN ÚNICO que como partes de la Administración del Estado deben realizar en forma conjunta.
-Adoptar las medidas apropiadas dentro del ámbito de sus competencias para que las acciones propuestas dispongan de los recursos económicos, materiales y humanos que se requieran con miras a que sean ejecutadas a más tardar en el lapso de 12 meses, contado a partir de la notificación de esta sentencia.
La comunicación de la Sala Constitucional hace referencia específicamente a Crucitas, sin embargo, en este momento hay un serio problema de extracción minera en el cerro Conchudita que se ubica en el mismo distrito pero muy lejos de la zona de extracción inicial.





