Fiscal general ordenó «análisis autocrítico» del documento y de las actuaciones de los fiscales que intervinieron en todo el proceso.
La tarde de este miércoles el Tribunal Penal de Hacienda, en Goicoechea, absolvió del delito de tráfico de influencias al exmagistrado Celso Gamboa, el exalcalde de San José, Johnny Araya y la exfiscal adjunta, Berenice Smith.
Los hechos se remontan al 2016 cuando se señaló a Gamboa (entonces subjefe del Ministerio Público) y a Smith de realizar supuestas presiones para que Araya no apareciera como imputado en una causa judicial del 2012 relacionada con irregularidades en una capacitación.
El caso fue a juicio en el año 2021. Se declaró una absolutoria por dudas pero, tras una apelación de la Fiscalía, se ordenó hacer un nuevo debate.
En ambos juicios, se llegó a la conclusión de que la denuncia del 2012 contra el político fue retirada y con ello, pasó a ser un testigo más en el expediente.
Ante estas circunstancias, Araya podía acudir a la Fiscalía para pedir que se corrigiera un error pues su nombre aparecía como imputado (a quien se le atribuye delito).
Los jueces Rosaura García, Alfredo Arias y Franz Paniagua absolvieron a los tres acusados en este segundo proceso y criticaron la acusación que presentó el Ministerio Público.
El resultado del juicio era previsible puesto que los fiscales a cargo del juicio terminaron solicitando al Tribunal una absolutoria por dudas.
«Debemos partir que en el marco del estado democrático de derecho el proceso penal iniciado contra una persona, tenida como responsable de la comisión de un delito, demanda que el resguardo del principio de inviolabilidad de la defensa y sus derivados, así como de otras garantías, la acusación contenga una descripción clara, concreta, precisa del hecho delictivo atribuido a la persona implicada, circunstancias que no cumple a cabalidad la acusación, en este caso, por ser confusa, inacabada u omisa, así como por presentar vicios y contradicciones», expresó Paniagua.
Al tener dos absolutorias consecutivas, el caso podría decirse que está cerrado pues debido al principio de «doble conformidad», el asunto no admite más apelaciones.
El fiscal general, Carlo Díaz, ordenó un «análisis autocrítico» de la pieza acusatoria y de las actuaciones de los fiscales que participaron en su formulación. También revisarán el proceder de quienes intervinieron en la investigación y la etapa de juicio.
«En primer término, hay que aclarar que los fiscales en las audiencias y en los juicios tienen absoluta independencia. Eso está regulado en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Ministerio Público. La petición que hicieron los fiscales (de absolutoria) obedeció a su razonamiento y del análisis de la prueba que ellos hicieron de manera objetiva. De parte de la Fiscalía General, no hubo injerencia alguna en dicha petición, por eso reitero que de alguna manera, y ya lo manifesté anteriormente, esa decisión me sorprendió», añadió.
Reacciones
Tras la sentencia, el exalcalde de San José, Johnny Araya, aseguró que estar sometido a este proceso judicial, durante tantos años, dañó su imagen ante la opinión pública. «Le agradezco a Dios que al final se hiciera justicia», expresó.
La abogada Natalia Gamboa, defensora y hermana de Celso, comentó que la sentencia demuestra que las actuaciones para responder a la queja de Araya no fueron irregulares.
Ante consulta de Noticias Columbia, se refirió a las recientes manifestaciones de su hermano sobre el proceso de extradición que enfrenta por solicitud de los Estados Unidos donde lo acusaron de presunto tráfico internacional de drogas.
El abogado Federico Campos, defensor de Berenice Smith, expresó que su representada sufrió un serio perjuicio por este caso pues fue despedida de la Fiscalía. Ahora que se le ha absuelto, analizan la posibilidad de demandar al Estado.
«Desgraciadamente, por estos hechos salió por la puerta de atrás del Poder Judicial, de manera injusta. Fue despedida sin derechos laborales y ahora le tocará a ella considerar las opciones legales para eventualmente cobrar los daños y perjuicios», indicó.





