El Mandatario de la República fue una de las figuras recurridas en voto de la Sala Constitucional que otorgó protección a tres periodistas que fueron impedidos por el ejercicio de su trabajo en preguntar o repreguntar durante conferencias de prensa
El presidente de la República, Rodrigo Chaves calificó como un ridículo la sentencia que emitió la Sala Constitucional y donde se le condena por violentar la libertad de prensa en contra de tres periodistas en una acción que emprendió el Colegio de Periodistas para respaldar la labor de los comunicadores Héctor Guzmán, David Chavarría y David Bolaños; estos últimos de programas informativos de la Universidad de Costa Rica.
Los hechos se remontan al pasado 30 de julio y al 11 de setiembre del 2024, en el primero de los casos se refiere a una conferencia de prensa por la comunicación de la propia Sala Constitucional respecto del proyecto de ley jaguar. En aquella oportunidad ocurrió el siguiente intercambio entre Chaves y Guzmán, y con la entonces ministra de la Presidencia, Laura Fernández.
El hecho del 11 de setiembre reiteró esa acción cuando tanto a Chavarría como a Bolaños se les restringió el ejercicio en función de las repreguntas que no pudieron plantear durante la conferencia.
El veterano periodista Héctor Guzmán declaró a Columbia que este es un acto que llama a la valentía de los comunicadores de no temer hacerle las preguntas que deba hacerse al Presidente por temor.
Por su parte David Chavarría de la plataforma Interferencia de la Universidad de Costa Rica celebró el fallo y el enfoque dado por el Gobierno.
«Este fallo no es solo una reivindicación personal, sino un recordatorio de que en una democracia los periodistas no deben ser silenciados o intimidados por ejercer su función de preguntar, repreguntar o fiscalizar. Los derechos fundamentales no se suspenden frente al poder político ni siquiera en los espacios que este organiza. Este fallo fue por mayoría, tres magistrados salvaron su voto. Por lo anterior hay que esperar la sentencia completa para conocer el criterio por los cuales estos magistrados se apartaron del voto mayoritario. Confío en que el precedente que hoy deja este voto mayoritario fortalezca las garantías democráticas y nos recuerde que sin prensa libre no hay una verdadera rendición de cuentas», manifestó el comunicador.
Un elemento llamó la atención de la resolución del máximo tribunal, y es que no se generó ningún apercibimiento para que esta actitud no se repita.
El especialista en Derecho Constitucional, Luis Felipe Rodríguez explicó que el hecho de que la sentencia no haga apercibimiento a las figuras recurridas para que el acto no se interprete tiene una interpretación jurídica, y también política.
«Si usted me pregunta, mi valoración jurídico-política, imagino que esa decisión se debe a básicamente para no colocar a la sala del país en una crisis institucional como la que ya existe, o para no agravar la ya existente crisis institucional. Si lo hubiera hecho,la sala y se hubiera cumplido esa orden, habría cabida a denuncias incluso de naturaleza penal contra la persona que incumple una sentencia. Y si bien eso hubiera ocurrido en cualquier otro escenario, el caso es que aquí estamos contra una situación muy particular que involucra obviamente al jerarca, al poder ejecutivo y pienso que se hace por un tema de prudencia», reflexionó el especialista ante dicha situación.
Rodríguez también explicó el por qué en este caso la condena por la obstrucción a la libertad de prensa tiene una implicación directa y de interés para toda la ciudadanía costarricense.
«Se hizo un ejercicio de un periodismo crítico a través de preguntas y repreguntas. Indistintmente de las formas o digamos de los modales que una persona periodista pueda tener en Casa Presidencial donde por supuesto hay que tener cierto decoro cierto respeto institucional, por lo menos a las instituciones, esta valoración es independiente de la existencia del derecho fundamental, es decir, efectivamente, si un periodista incurre en comentarios o conductas que violentan la dignidad de las personas, pues evidentemente eso va a resultar inaceptable. Pero la valoración de si un tono se considera, digamos, malcriado o fuera de lugar o o esto, sigue siendo parte de un estilo periodístico que contrasta con otros, pero que tienen que coexistir todos en un margen democrático, es decir, la idea es que si hay un periodista más vehemente, más inquisitivo; otro periodista que sea más técnico, otra periodista que sea un poco más superficial, en la coexistencia de esa libertad de prensa es que cada ciudadano consuma el tipo de periodismo que finalmente quiere consumir», explicó Rodríguez en sus reflexiones.
En este particular Fernando Castillo, Luis Fernando Salazar y el magistrado suplente Ronald Salazar Murillo salvaron el voto y declararon sin lugar ambos recursos.





