La adopción desde el embarazo, conocida legalmente como acogimiento prenatal, entró en vigencia en Costa Rica el pasado 7 de enero de 2026.
La adopción desde el embarazo, conocida legalmente como acogimiento prenatal, es un mecanismo que permite iniciar un proceso de adopción antes del nacimiento del bebé, con el objetivo de evitar que el recién nacido sea institucionalizado y garantizarle un entorno estable desde sus primeros días de vida.
El proceso comienza cuando una mujer embarazada manifiesta voluntariamente su intención de no ejercer la maternidad, lo cual puede hacerse en hospitales, clínicas privadas o centros de salud públicos, sin que esto implique una decisión definitiva.
“La manifestación de intención no obliga a la madre a entregar al bebé”, explicó la abogada de familia Marzuneth Víquez, quien señaló que esta etapa permite activar un acompañamiento integral por parte del Estado.
Una vez iniciada la ruta, el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) asume el caso y brinda apoyo psicológico, social y legal, mientras verifica que la decisión se tome sin presiones externas ni incentivos económicos.
“El PANI debe asegurarse de que no exista coacción ni beneficio de ningún tipo”, indicó Víquez.
De forma paralela, la institución identifica a una familia previamente declarada idónea para adoptar, la cual ya fue evaluada técnica y legalmente, aunque sin adquirir derechos sobre el bebé durante esta etapa.
“El acogimiento prenatal no equivale a una adopción”, enfatizó la especialista.
Tras el nacimiento, el bebé puede integrarse de manera temporal al entorno familiar seleccionado, mientras la madre biológica conserva plenamente su derecho a cambiar de opinión, ya que la ley establece un plazo de 40 días posteriores al parto para ratificar o revocar su consentimiento ante un juez.
“Sin una sentencia judicial no existe adopción”, subrayó Víquez.
Solo si la madre confirma su decisión y el juez lo avala, se emite la resolución que consolida legalmente el vínculo familiar.
La legislación costarricense prohíbe cualquier tipo de pago o compensación dentro del proceso. “Si hay dinero de por medio, estamos ante un delito grave”, advirtió la abogada.
El objetivo del acogimiento prenatal es proteger el interés superior del niño y garantizar que su llegada al mundo se dé en condiciones de estabilidad y protección institucional.





