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Abogado de exdiputado de PLN: Investigación del Tribunal Supremo de Elecciones “fue torpe y deficiente”

by Jose Pablo Alfaro

El abogado del exdiputado liberacionista, Óscar Alfaro, define la investigación realizada por el Tribunal Supremo de Elecciones como “torpe y deficiente” y, desde su perspectiva, el caso nunca debió llegar a juicio.

La acusación en contra de dos exdiputados del partido Liberación, entre ellos Alfaro, se relaciona con una casa club ubicada en la capital, cerca de la Asamblea Legislativa, para la campaña del 2010. La Fiscalía atribuye que se hizo una donación en especie mediante una sociedad anónima cuyo representante era Alfaro, hecho que prohíbe el Código Electoral.

En cambio, la defensa alega que los hechos ocurrieron cuando el Código no había entrado en vigencia y además había un reglamento distinto sobre regulaciones de los clubes. También considera que la causa está prescrita.

“Este es un caso que nunca debió llegar a juicio, aquí no hay nunca vulneración al Código Electoral, aquí no hay ninguna vulneración al principio de transparencia en el financiamiento de campaña del 2010 y aquí existió una ayuna investigación de parte del Ministerio Pública y una deficiente y torpe investigación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones”, afirmó el abogado de Alfaro, Erick Ramos, quien sostiene que el caso ya preescribió.

“Aquí lo que se ha acusado es un tema de forma, porque la inscripción de la casa de la victoria para la campaña del 2010 se dio con legislación que estaba vigente antes del Código Electoral, entonces es un reglamento del año 2005”, agregó.

El juicio. Esta mañana comenzó el juicio contra los exdiputados Alfaro Zamora y Antonio Calderón Castro. El debate se desarrolla en los Tribunales de San José.

A Alfaro lo acusan con base en el artículo 274 del Código Electoral que establece delitos sobre las contribuciones privadas, pues él era el representante de la sociedad.

Define penas de prisión a quien en nombre y por cuenta de una personería jurídica, nacional o extranjera, contribuya, done o realice aportes, en dinero o especie a favor de un partido político.

En el caso de Calderón lo acusan con base en el artículo 275 del Código Electoral relacionado con la recepción de contribuciones privadas ilegales. Esto por cuanto él era el Secretario General del Partido Liberación Nacional y la inscripción de clubes era parte de sus responsabilidades.

Los jueces Freddy Arias, Raymond Porter (Centro) y Luis Carlos Castro se retiraron a deliberar y citar a la 1:30 de la tarde para dar a conocer si aceptan o rechazan el planteamiento de la defensa.

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