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¿A qué se expone un funcionario público que toma una decisión sin sustento?

by Jenny Sanchez

En el marco de las recientes declaraciones en el caso JPS-SINART, Noticias Columbia consultó a un abogado al respecto.

Entre la semana anterior y esta semana, la Comisión Legislativa que investiga las contrataciones del Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART) ha recibido en dos ocasiones a la presidenta de la Junta de Protección Social (JPS), Esmeralda Britton.

El motivo de su convocatoria ha girado en torno a las razones que llevaron a la JPS a trasladar el programa “Rueda de la Fortuna” de Canal 7 al SINART, a pesar de la existencia de criterios técnicos que no recomendaban dicha acción.

No recuerda el fundamento

Ante la consulta de la diputada liberal Johana Obando la semana anterior, Britton indicó no recordar qué sustento tuvo la decisión de la JPS.

“En la Junta Directiva se apartan del criterio técnico pero no hay ninguna motivación o sí existe esa acta, lo que necesitamos saber es qué criterio técnico usó la Junta Directiva para apartarse de criterio técnico”, preguntó Obando.

“No lo recuerdo, podríamos revisar”, respondió Britton, a la vez que se comprometió “a buscar el acta” para entregarla en su siguiente participación.

Posteriormente, Britton señaló que la decisión surgió tras una directriz desde Casa Presidencial.

No existe fundamento escrito

En su participación de este lunes, la presidenta de la Comisión, Vanessa Castro, consultó a la jerarca de la JPS acerca de esa directriz.

“Le solicitamos la semana pasada y usted se comprometió a traer la directriz escrita del señor presidente”, indicó Castro.

A lo cual, Britton respondió: “no, yo me comprometí a revisar si existía alguna directriz”.

“No existe, la directriz por escrito no existe, como dije anteriormente no me voy a referir al caso”, continuó la jerarca de la JPS.

Consecuencias legales

Noticias Columbia consultó al abogado administrativista Josué Bogantes acerca de las decisiones de un órgano colegiado y sus miembros, y las responsabilidades que pueden derivarse de éstas.

Es en la Ley General de la Administración Pública que se regula su funcionamiento, donde se establecen los requisitos básicos que debe cumplir un funcionario público cuando toma su decisión, según el abogado.

“Al momento de adoptarse el acuerdo tiene que establecerse en el mismo cuál es el motivo, cuáles son los precedentes de hecho y derecho que justifican o que originan la decisión tomada, tiene que también existir claridad sobre cuál es el contenido, cuál fue la disposición que toma el órgano colegiado y además debe analizarse que la decisión tomada sea consecuente a la persecución de la satisfacción del interés público”, explicó Bogantes.

¿A qué se expone un funcionario público que toma una decisión sin sustento legal? Existen una serie de responsabilidades establecidas en la Ley, según el abogado.

“Tendrán responsabilidad administrativa, es decir, sobre ellos eventualmente se podría investigar e indicar responsabilidad que podría recaer en alguna suerte de sanción, ya fuese una suspensión del ejercicio del cargo o incluso la destitución del cargo”, agregó el especialista.

Asimismo, existen otras sanciones de carácter patrimonial e incluso penal, dependiendo del hecho que se investigue y la materia que se trate, a criterio de Bogantes.

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